Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| ADQUISICIÓN MURAL DE PARED PIZARRA DE CORCHO 34X36 MARCO BORDE DE ALUMINIO ,PAQUETE PAPEL FOAMI, BOLSAS DE ORGANZA… | Hospital Docente Padre Billini | RD$6,964 | 17 feb de 2021 | Cerrado |
| ADQUISICIÓN MURAL DE PARED PIZARRA DE CORCHO 34X36 MARCO BORDE DE ALUMINIO ,PAQUETE PAPEL FOAMI, BOLSAS DE ORGANZA… | Hospital Docente Padre Billini | RD$6,964 | 12 feb de 2021 | Cancelado |
| Adquisición De Libros De Bibliotecas Escolares Para Nivel Primario y Secundario y Adquisición de Biblias Escrita | Ministerio de Educación | RD$40 millones | 28 nov de 2019 | Cerrado |
| Req. 4664 y 4705. Adquisición de Libros Educativos CAID STGO y ADC | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$58,733 | 6 dic de 2017 | Activo |
| Req. No. 5173 Adquisición de Libros para terapia del habla | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$17,498 | 16 oct de 2017 | Activo |
| Suministro de Material Gastable de Oficina Pedido Trimestral | Despacho de la Primera Dama (Inactiva) | RD$92,381 | 11 sept de 2017 | Activo |
Según documentos societarios que instituciones del Estado publicaron junto a ofertas y credenciales de esta empresa (certificados de registro mercantil, actas de asamblea y estatutos). La composición pudo cambiar después de la fecha del documento.
| Nombre | Rol | Participación | Fuente |
|---|---|---|---|
| Francisco Nieves Mercedes | Accionista | Certificado de registro mercantilDocumento en dgcp.gob.do, pág. 137 | |
| Guillermo Santana Herrera | Accionista | Certificado de registro mercantilDocumento en dgcp.gob.do, pág. 137 | |
| Johnny F. Nieves Gil | Accionista | Certificado de registro mercantilDocumento en dgcp.gob.do, pág. 137 | |
| Luz Venecia Nieves Gil | Accionista | Certificado de registro mercantilDocumento en dgcp.gob.do, pág. 137 | |
| Maira M. Santana Santana | Accionista | Certificado de registro mercantilDocumento en dgcp.gob.do, pág. 137 | |
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
ACOGER como buena y valida las solicitudes de recursos jerárquicos y medida cautelar, presentadas por los recurrentes Wilsón Rodríguez GermosénGrupo de eficiencia Colectiva Industrial San Cristobal S.R.L. Cluster del Mueble de la Provincia Sánchez Ramírez y Cluster Industrial del Mueble del NordesteTalleres Industriales Ramírez y Asociados S.R.L. sobre la Licitación Pública Nacional Núm. ME-CCC-LPN-2015-11-GD…
Procesos: ME-CCC-LPN-2015-11-GDME-CCC-LPN-2015-GD
Empresas: Clúster del Mueble de la Provincia Sánchez Ramírez (CMSR), S.R.L.CLUSTER INDUSTRIAL DEL MUEBLE DEL NORDESTE, SRLColectiva Industrial San Cristobal S.R.L.Comercial Muma, SRLConstrucciones y Diseños de Máquinas Industriales S.R.L.Distribuidora Escolar (Disesa) S.R.L.y 19 más
PRIMERO: ACOGER como buena y válida las solicitudes de recursos jerárquicos y medida cautelar, presentadas por los recurrentes: 1) el señor Wilson Rodríguez Germosén, 2) las razones sociales Grupo de Eficiencia Colectiva Industrial San Cristóbal S.R.L., Clúster del Mueble de la Provincia Sánchez Ramírez (CMSR), S.R.L. y Clúster Industrial del Mueble del Nordeste, S.R.L., y, 3) Talleres Industriales Ramírez y Asociados S.R.L., sobre la Licitación Pública Nacional Núm. ME-CCC-LPN-2015-11-GD, llevado para la “Adquisición de Mobiliario Escolar Año 2015-2016”, por haber sido interpuestas de conformidad con las formalidades y plazo dispuestas en el artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR los recursos jerárquicos presentados por las accionantes 1) el señor Wilson Rodríguez Germosén, 2) las razones sociales Grupo de Eficiencia Colectiva Industrial San Cristóbal S.R.L., Clúster del Mueble de la Provincia Sánchez Ramírez (CMSR), S.R.L., y Clúster Industrial del Mueble del Nordeste, S.R.L., y, 3) Talleres Industriales Ramírez y Asociados S.R.L., referentes a anular la Licitación Pública Nacional No. ME-CCC-LPN- 2015-GD, por no tener mérito sus alegatos relativos a que: a) no fueron cumplidas las disposiciones del Decreto Núm. 164-13, toda vez que no se trataba de una licitación dirigida exclusivamente a MIPYMES de producción nacional y por tanto no le aplica dicha normativa; b) la licitación había sido convocada sin las previsiones presupuestarias correspondientes, ya que se constató la certificación de apropiación presupuestaria con monto suficiente y; c) fueron aplicados otros criterios de evaluación y adjudicación distintos a los establecidos en el pliego de condiciones, pues por el contrario, y sin perjuicio de las irregularidades advertidas sobre la metodología de evaluación y adjudicación, fue confirmado que sí se llevó a cabo según lo indicado en el pliego de condiciones. TERCERO: ADVETIR a Industria de Mobiliario Escolar S.A. (IMESA) y Distribuidora Escolar S.A. (DISESA), que debido a que comparten exactamente los mismos accionistas, de concurrir en un mismo procedimiento de contratación deberán de presentar oferta de forma conjunta como consorcio o en lotes del mismo procedimiento siempre que estos tengan objetos distintos, ya que de lo contrario estarían limitando el principio de igualdad entre otros oferentes y haciendo un uso desproporcionado del principio de participación y libre concurrencia que rige las contrataciones públicas CUARTO: DECLARAR, que en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. ME-CCC- LPN-2015-11-GD, se constataron las irregularidades descritas en la presente resolución y sintetizadas en el considerando 225), las cuales sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros del Ministerio de Educación (MINERD). QUINTO RECOMENDAR a la máxima autoridad del Ministerio de Educación (MINERD) que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones, a que participen en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones; así como también ordene que participen en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública Núm. 247-12 y la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR, la remisión formal de la presente Resolución al Ministerio de Educación y a los recurrentes: 1) señor Wilson Rodríguez Germosén; 2) las razones sociales Grupo de Eficiencia Colectiva Industrial San Cristóbal S.R.L., Clúster del Mueble de la Provincia Sánchez Ramírez (CMSR), S.R.L., y Clúster Industrial del Mueble del Nordeste, S.R.L., y; 3) Talleres Industriales Ramírez y Asociados S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR, la remisión formal de la presente Resolución a los siguientes adjudicatarios: 1) Eduprogreso S.R.L. 2) Grupo SJTA, S.R.L., 3) Hermes, S.R.L., 4) Oficina Universal, S.R.L, 5) QS Suplioffice, S.R.L. 6) Construcciones y Diseños de Máquinas Industriales S.R.L. (CODIMINCA) 7) Pohut Comercial, S.R.L. 8) NG Inversiones, S.R.L. 9) D’ Tecnica, S.R.L. 10) Ody Trading, S.R.L. 11) Gemar, S.R.L. 12) Inversiones Tres C, S.R.L. 13) Señor José Vinicio González 14) Señora Magali Pérez 16) Comercial Muma, S.R.L. 15) D’ Orquidea Muebles y Partes en Madera, S.R.L. 17) Distribuidora Escolar (Disesa) S.R.L. 18) Xikeda, S.R.L. 19) Escolares Diversos EDISA S.R.L., y 20) Industria de Muebles Escolares (IMESA), para su conocimiento y fines de lugar OCTAVO: ORDENAR, la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por esta Dirección General, en www.comprasdominicana.gob.do y en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| Accionista |
| Certificado de registro mercantilDocumento en dgcp.gob.do, pág. 137 |
| Raúl Fernando Nieves Gil | Accionista | Certificado de registro mercantilDocumento en dgcp.gob.do, pág. 137 |
| Víctor Erick Rollins Vásquez | Accionista | Certificado de registro mercantilDocumento en dgcp.gob.do, pág. 137 |
| Violeta Virginia Nieves Gil | Accionista | Certificado de registro mercantilDocumento en dgcp.gob.do, pág. 137 |
Los nombres salen de documentos públicos y se enlazan por nombre: coincidir en el nombre no prueba que sea la misma persona.
Asociación Nacional de Industrias de Muebles, Colchones y Afines, Inc. (ASONAIMCO), interpuso formal Recurso de lmpugnación ante el Ministerio de Educación, en contra del Procedimiento de Licitación Pública Nacional referencia No. LPN-09-2012-GD. llevado a cabo por esa entidad para la 'Adquisición de Mobiliario Escolar'.
Procesos: J-09-2012-CDLPN-09-2012-GD
Empresas: Aclllalidades VD, S.R.L.Amesco, SRLAny Husincss, S.R.L.Codiminca, S.R.L.Comercial Rego, SRLConsorcio Laugamay 11 más
PRIMERO: ACOGER, corno al efecto ACOGF en cuanto a la forma el Recurso Jer,irquico interpuesto por la !\sociación Nacional de fndustrias de Muebles, Cokhones y Afines, Inc. (i\SONAil'v1CO), en fechas seis (6) de agosto y cinco (5) de septiembre del año dos mil doce (2012). en contra del Procedimi<:~nto ele Licitación Pública Naciunal refcnmcia No. I .PN-09-2(l12-GD, llevado a cabo por el t\-1inisterio de Educación para la "Adquisición de Mobiliario Escolar", por haber sido interpuesto conforme a las disposiciones del artículo No. 67 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones contenidas <c'n la Ley No. 449-06. SEGUNDO: RECHAZAR, corno al efecto RECHAZA en cuanto al fondo el Recurso Jerárquico interpuesto por la Asociación Nacional de Ind ustTias de ]VI u e bles, Colchones y Aúnes, lnc. (ASON.A.ltvlCO), en fecha seis (6) de agosto y cinco (5) de septiembre del aíi.o dos mil doce (2ffl 2), en contra del Procedimiento de: Licitación Pública Nacional referrncia No. LPi\J-09-2012-CD, llevado a cabo por el ·Ministerio de Educación para la "Adquisición de Mobiliario Escolar", por carecer de objeto debido a que la licitación ha sido declarada Jesierta y en consecuencia: TERCERO: ORDENAR 1 corno al efecto ORDENA el archivo definitivo del presente expediente administrativo. 8-9 Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES POBLICAS A:\0 1)1:1. BICti,TE\:.i\RIO DEL '\.ATAI.ICIO DE .IUA?\: PABLO f)l"1\RTI--. CUARTO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Asociación Nacional de Industrias de Muebles, Colchones y Afines, Tnc. (ASONAIMCO) y las empresas Saicorp Dominicana, S.R.L., !mesa, Industrias "Cnidas tvkcánica, S.R.L., Codiminca, S.R.L., Vicente Julián King, Amesco, S.R.L., Offitek, S.R.L., Aclllalidades VD, S.R.L., PJ Soluciones, E.I.R.L., Cosmopolitan World, S.R.L., Opepi Ferretería, S.R.L., Eduprogreso, S.R.L., Importadora Harbera, S.R.L., Consorcio Laugama, León C., S.R.L., Any Husincss, S.R.L., Oficina Universal, S. A., Plaza Lama, S. A., Inversiones Yang, S.R.L., Empresas Integradas, Comercial Rego, S.R.L., para los fines correspondientes. QUINTO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Ministerio de Educación, para los fines correspondientes.
En esta vemos el detalle del proceso llevado a cabo entre EDUPROGRESO S.R.L. y el MINISTERIO DE EDUCACIÓN (MINERD), con un recurso de impugnación al proceso de Licitación Pública Nacional No. ME-LPN-11-GD para la 'Adquisición de baterías'.
Procesos: ME-LP-11-CDME-LPN-11-CDME-LPN-11-GD
Empresas: Eduprogreso, SRL (presentó la acción)Cecomsa, SRLImportadora Barbera, SRLMadison Import, SRLManuel Arsenio Urefi.a, S.A.METROTECy 9 más
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma el presente recurso jerárquico interpuesto por la razón social EDUPROGRESO S.R.L. en contra de la Resolución No. 109 de fecha ocho (08) de octubre del ai10 dos mil doce (2012) emitida por el Ministerio de Educación (MINERD) en respuesta de la impugnación al proceso de Licitación Pública Nacional No. ME-LPN-11-CD para la "Adquisición de Inversores y Baterías", por haber sido interpuesto de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 340-06, sobre compras y conh·ataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, modificada por la Ley o. 449-06 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 490- 07. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR como al efecto RECHAZA, el presente recurso jerárquico interpuesto por la razón social EDUPROGRESO S.R.L.., conh·a de la Resolución No. 109 de fecha ocho (08) de octubre del a110 dos mil doce (2012) emitida por el Ministerio de Educación (MINERD) en respuesta de la impugnación al proceso de Licitación Pública Nacional o. ME- LPN-11-GD para la "Adquisición de Inversores y Balerías", por los motivos anteriormente expuestos. TERCERO: RATIFICAR como al efecto RATIFICA, en todas sus parles la Resolución No. 109 de fecha ocho (08) de octubre del año dos mil doce (2012) /j) emitida por el Ministerio de Educación (MINERD) en respuesta de la ;1-- c1• ) CONTRAiACION POBllCAS www.compras<lominicana.gov.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES POBLICAS AÑO DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN PABLO DUARTE impugnación al proceso de Licitación Pública Nacional No. ME-LPN-11-GD para la "Adquisición de Inversores y Baterías". CUARTO: ORDE TAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Ministerio de Educación (MINERD) para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la parte recurrente, EDUPROGRESO S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a Madison Import, S.R.L., Repuestos Palermo E.l.R.L., Importadora Barbera, S.R.L., Reyes de América, S.R.L., Trace Jntemalional, S.R.L., CECOMSA, S.R.L., UNTTRADE, S.R.L., Elech·osis tema Fondcur, EDUPROGRESO, S.R.L., QS SUPLIOFFICE, S.R.L., Manuel Arsenio Urefi.a, S.A., METROTEC, S.R.L., y VIFA S.R.L. para conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General y a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar. ~ I (1• 'c'iiiiiiiic10NES _,,, PUBUCAS www.comprasdominicana.gov.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS AÑO DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DE JUAN PABLO DUARTE OCTAVO: La presente Resolución podrá ser apelada ante el Tribunal Superior Administrativo, en un plazo de treinta (30) días en virtud de la Ley No. 13-07 de fecha del cinco (5) de febrero de dos mil siete (2007).
Resolución 19: Medida Cautelar que suspende adjudicación del proceso No. ME-LPN-11-2012GD.
Procesos: ME-LPN-11-2012GDME-LPN-11-2012-GD
Empresa: Eduprogreso, SRL
PRIMERO: SUSPENDER como al efecto SUSPENDE el proceso de adjudicación y en consecuencia, la suscripción del conh·ato para los ítems I y II del Lote I, Baterías, de la Licitación Pública Nacional No. ME-LPN-11-2012-GD llevada a cabo por el Ministerio de Educación (MINERD) para la "adquisición de Inversores y Baterías", hasta tanto el Ministerio de Educación (MINERD) de respuesta, mediante resolución motivada, a la impugnación presentada en fecha nueve (9) de agosto del año dos mil doce (2012), por la <1•) coifmic,011s P(H!UCAS ' - - - - _ _ _ _ _ "- : -__ - _ ww~~o~~rasdominicana.gov.do_l www.dgcp.gob.do _ _ República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAl DE CONTRATACIONES PÚBLICAS AÑO DEL FORTALECIMIENTO DEL ESTADO SOCIAL DEMOCRÁTICO DE DERECHO razón social EDUPROGRESO SRL, en relación al proceso de referencia, dentro del plazo de quince (15) días calendarios, en virtud de lo dispuesto en la Ley No. 340-06 sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones y sus modificaciones contenidas en la Ley No. 449-06. SEGUNDO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la razón social EDUPROGRESO SRL., TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución al Ministerio de Educación (MINERD), a la Contraloría General y a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.