El informe preliminar consolidado, fechado el 16 de julio de 2026, presenta la evaluación técnica y legal-financiera de las ofertas del proceso SIV-CCC-CP-2026-0008, dividido en tres lotes, y recomienda subsanaciones para varios oferentes. No adjudica ni constituye la decisión final de habilitación; registra incumplimientos técnicos preliminares, incluidos los relativos al equipamiento del Lote II y a la propuesta técnica del Lote III.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe primero consigna que Viasan cumple con la documentación financiera y luego le recomienda subsanar las certificaciones de DGII y TSS. La diferencia puede afectar la trazabilidad de la evaluación y la determinación de los documentos que debía completar el oferente; conviene verificar cuál conclusión fue la aplicada.
“Resultado de la evaluación financiera: El oferente Constructora Viasan & … Resultado de la evaluación financiera: Al oferente Constructora Viasan & … i) Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 124 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Arquitectura Eléctrica e Ingeniería AEIOU, S.R.L.Evaluación preliminar: recomienda subsanaciones para el Lote I; para los lotes II y III indica que no procede subsanación por incumplimientos técnicos no subsanables.
Mencionado
Lotes I, II y III
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Click Solutions Enterprise, S.R.L.Evaluación preliminar: recomienda subsanar documentos legales y experiencia del oferente y del personal; el resultado definitivo queda pendiente.
Constructora Viasan & Asociados, S.R.L.Evaluación preliminar: recomienda subsanar documentación financiera para los lotes I y III; no recomienda subsanación para el incumplimiento técnico del Lote II.
Mencionado
Lotes I, II y III
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Cuevas Nin Constructora, S.R.L.Evaluación preliminar: recomienda subsanar documentos legales y financieros; para el Lote III también identifica incumplimiento técnico no subsanable.
Mencionado
Lote III
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G.A. Morillo & Asociados, S.R.L.Evaluación preliminar: recomienda subsanar documentación legal, financiera y del personal para los lotes I y III; no recomienda subsanación para el incumplimiento técnico del Lote II.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Evaluación preliminar: recomienda subsanar la copia legible del documento de identidad; identifica incumplimientos técnicos en los lotes II y III y no recomienda subsanación para estos.
Mencionado
Lotes II y III
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Prollelza Management Service, S.R.L.Evaluación preliminar: enumera documentos legales y financieros por subsanar, pero indica que no procede subsanación para el incumplimiento técnico del Lote III.
Mencionado
Lote III
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Solano Lora Soluciones Diversas, S.R.L.Evaluación preliminar: enumera documentos legales por subsanar, pero indica que no procede subsanación para el incumplimiento técnico del Lote III.