La Circular No. 01, fechada en su encabezado el 28 de abril de 2026, responde consultas de una segunda convocatoria para materiales eléctricos de emergencia y anuncia que ciertos cambios se formalizarán mediante la Enmienda I. Entre ellos, corrige el rango del ítem 56, incorpora dos rubros al objeto, actualiza la referencia legal de la declaración jurada y modifica el plazo y la metodología de pago. El documento identifica como referencia EDEESTE-MAE-PEEN-2026-0002, distinta del proceso EDEESTE-MAE-PEEN-2025-0001 indicado en los datos del expediente; las firmas consignan fecha 27 de abril de 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El expediente proporcionado corresponde a EDEESTE-MAE-PEEN-2025-0001, pero la circular se identifica como EDEESTE-MAE-PEEN-2026-0002 y la describe como segunda convocatoria de otro proceso, EDEESTE-CCC-MAE-PEEN-2025-0002. Debe verificarse la vinculación documental antes de atribuir sus cambios o respuestas al proceso -2025-0001.
“ASUNTO: CIRCULAR DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS CORRESPONDIENTE AL PROCESO PARA LA EXCEPCION POR EMERGENCIA NACIONAL: SEGUNDA CONVOCATORIA DE COMPRA DE MATERIALES ELÉCTRICOS DE EMERGENCIA PARA SUBESTACIONES DE LOS ÍTEMS DECLARADOS DESIERTOS DEL ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Especificaciones técnicas — ítem 56Intensidad nominal primaria del transformador de corriente
La consulta indica que el requerimiento inicial señalaba 50-100A.
La circular establece como descripción correcta: 100-200A/5-5-5-5-5A.
Aclara
Objeto del procedimiento de excepción y rubros del RPERubros 32100000 y 30100000
La consulta señala que los rubros aparecían en la sección de RPE, pero no en el objeto del procedimiento.
Se incorporarán ambos rubros al Punto 2: Objeto del Procedimiento de Excepción, mediante la Enmienda I.
Relaja
Declaración juradaReferencia al marco legal
La consulta indica que la declaración jurada hacía referencia a la Ley 314-06.
Se anuncia corregirla para incluir la referencia a la Ley núm. 47-25, mediante la Enmienda I.
Aclara
Condiciones de pagoPlazo y metodología de pago
La consulta describe un pago del 100% a 60 días después de la entrega de materiales y la factura.
Se anuncia un plazo de hasta 30 días hábiles después de la recepción conforme y la presentación de la documentación; también se indica que la Enmienda I actualizará la metodología de facturación y pagos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona