El acto AA-PEEN-2025-0001, fechado el 15 de octubre de 2025, aprueba la selección del procedimiento de excepción por emergencia nacional y el pliego para comprar materiales eléctricos de emergencia. Fija un monto referencial de RD$1,914,032,285.26, designa peritos y ordena publicar la convocatoria y el acto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
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A revisarHallazgo en documentosRD$1.9 mil millones
El acto sostiene que en emergencia no se necesita certificación de existencia de fondos ni cuota de compromiso. El Reglamento 416-23 dispone que para emergencias la institución debe seguir los lineamientos de DIGEPRES sobre apropiación presupuestaria; conviene verificar la documentación presupuestaria y esos lineamientos aplicables.
“Que de conformidad con el Articulo 4, numeral 4 de la Ley sobre Compras y Contrataciones, en los casos de emergencia y seguridad nacional no es necesario contar con la Certificación de Existencia de Fondos y cuota de compromiso, emitida por”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 149 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 149 — Etapas comunes de los procedimientos de excepción
Artículo 149. Etapas comunes de los procedimientos de excepción. Salvo los casos de excepción por emergencia y seguridad nacional que iniciarán con decreto presidencial, el primer trámite de los procedimientos de excepción es el requerimiento de compra o contratación, seguido de los estudios previos, conforme a las disposiciones establecidas en la Sección I sobre “Fase de Planificación y Preparación”, del presente capítulo. Posteriormente, deberán realizarse las siguientes actuaciones: 1. Informe que justifique el uso de la excepción. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones gestionará la elaboración de un informe pericial que podrá ser requerido a la unidad requirente o a un experto…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Los considerandos mencionan a Michel Fernandez como perito financiero y a Claudio García entre los peritos técnicos; la resolución de designación lista a Marisol Castillo y a Claudia García, respectivamente. La discrepancia deja incierto qué personas quedaron formalmente designadas para esas funciones y amerita cotejar el expediente y la evaluación posterior.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 8 — Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 8. Comité de Compras y Contrataciones. A lo interno de la estructura organizacional de los entes y órganos contratantes sujetos al ámbito de aplicación de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, se conformará, con carácter permanente, un Comité de Compras y Contrataciones que será el órgano deliberativo y decisorio que tendrá a su cargo de manera enunciativa, las funciones siguientes: 1. Velar porque los procedimientos de selección a su cargo sean realizados en cumplimiento estricto del marco jurídico vigente, incluyendo las políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 2. Velar porque todos los procedimientos…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona