El Acta núm. 17-2026, de 2026-03-04, aprueba modificar el cronograma del proceso URBE-CCC-CP-2025-0006, extendiendo varios plazos de evaluación económica y adjudicación. La adjudicación queda prevista para el 20 de marzo de 2026, la notificación para el 23 de marzo y la publicación de los contratos para el 6 de abril; el acta identifica seis ofertas habilitadas para apertura económica, distribuidas entre los tres lotes.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El portal registra contratos activos y confirmados el 20 de marzo de 2026, mientras que esta acta fija la notificación de adjudicación para el 23 de marzo y la firma de contratos para el 31 de marzo. Si la fecha del portal corresponde a la formalización contractual, la secuencia requiere conciliación; podría tratarse de una fecha de registro o actualización del portal.
“18. Notificación de adjudicación (artículo 134 Reglamento núm. 416-23) | 23 … de marzo de 2026 17:00 PM | 20. Suscripción del (los) contrato(s) y emisión de órdenes de compra o de servicios | 31 de marzo de 2026 17:00 PM”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El acta la identifica entre las ofertas económicas habilitadas para apertura del Lote III.
Habilitado
Lote III
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Grupo Delsa, S.R.L.El acta lo enumera como participante; no identifica una oferta económica habilitada para apertura.
Mencionado
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Inconrod, S.R.L.El acta la enumera como participante; no identifica una oferta económica habilitada para apertura.
Mencionado
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Ingeniería Abreu, S.R.L.El acta la enumera como participante; no identifica una oferta económica habilitada para apertura.
Mencionado
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Skyline Construcciones, S.R.L.El acta la enumera como participante; no identifica una oferta económica habilitada para apertura.
Mencionado
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Solad, S.R.L.El acta la identifica entre las ofertas económicas habilitadas para apertura del Lote III.