Publicado el 23 mar de 2026Fechado el 15 mar de 202614 páginasEn el mensaje «ACTA DE ADJUDICACIÓN E INFORME DE EVALUACIÓN ECONÓMICA Y RECOMENDACIÓN DE ADJUDICACIÓN»
El informe, emitido el 16 de marzo de 2026, evalúa las ofertas económicas de seis oferentes para los tres lotes del proceso URBE-CCC-CP-2025-0006. Recomienda a Oica, S.R.L. para el Lote I por RD$70,200,046.98, a Antigua Investments, S.R.L. para el Lote II por RD$61,199,523.01 y a Solad, S.R.L. para el Lote III por RD$35,980,000.00; en este último lote se aceptó la oferta tras analizar la aclaración sobre su sustentabilidad.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El cuadro consolidado solo registra a Oica, S.R.L. en el Lote I, aunque el portal consigna múltiples oferentes en el proceso. La falta de competencia económica efectiva en ese lote merece revisión, sin que por sí sola pruebe una irregularidad.
“1 | Oica, S.R.L. - RNC - RPE 12389 | Cumple | RD$70,200,046.98 | Su informe de evaluación individualizado demuestra que su oferta económica cumplió con el pliego de condiciones y la garantía de seriedad de la oferta estaba acorde con las ex”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oica, S.R.L.Cumplió la evaluación económica y fue recomendado para adjudicación del Lote I.
Habilitado
Lote I
RD$70,200,047
Equipos y Construcciones del CibaoCumplió los demás criterios económicos consignados, pero no el criterio de ser la oferta de menor precio para el Lote II.
Constructora Serinar, S.R.L.Cumplió los requisitos económicos evaluados, pero no el criterio de ser la oferta de menor precio para el Lote III.
Habilitado
Lote III
RD$35,999,993
CQ Construcciones, S.R.L.Cumplió los demás criterios económicos consignados, pero no el criterio de ser la oferta de menor precio para el Lote III.
Habilitado
Lote III
RD$35,999,896
Solad, S.R.L.Cumplió la evaluación económica y fue recomendado para adjudicación del Lote III luego de que los peritos analizaran su aclaración sobre la sustentabilidad de la oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona