El Comité de Compras y Contrataciones del MINERD aprobó el informe consolidado y adjudicó 16 lotes por RD$1,292,057,999.92, conforme al acta fechada el 18 de diciembre de 2025. Declaró desiertos los lotes 1, 2, 9, 15 y 17 porque ningún participante cumplió los requisitos para habilitarse a la apertura económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (12 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (3)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$169.4 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Casa Duarte, S.R.L., Oficina Universal, S.A., Distribuidora Basesmos, S.R.L..
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
El acta registra que Forest Lakes fue adjudicataria del lote 7 con una variación de 50% respecto del monto referencial, pero la relación de comunicaciones de justificación de precios reseñada en el acta no incluye a esa empresa. Conviene comprobar en el informe integral si se solicitó y analizó la sustentabilidad de esa oferta antes de adjudicarla.
“FOREST LAKES , SRL LOTE 7 Adquisición de materiales didácticos para dotar aulas de los niveles de educación inicial, primaria, secundaria y del subsistema de educación de jóvenes y adultos, año escolar 2025-2026 $15,277,790.50…”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
Para el lote 24, la cantidad de 175,035 unidades a RD$122.48 por unidad da RD$21,438,286.80, mientras el acta consigna RD$21,438,986.94 como total adjudicado, una diferencia de RD$700.14. El monto contractual que registra el portal, RD$21,438,287, concuerda aproximadamente con la multiplicación, por lo que debe verificarse cuál cifra rige.
Artículo 129. Correcciones aritméticas. La corrección de errores aritméticos será aplicada por los peritos y se hará de la siguiente manera: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el total será corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, se procederá de igual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalecerá el monto expresado en letras. Párrafo I. En caso de que no se indique si el precio ofertado incluye ITBIS, se solicitará aclaración del…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Oferentes que registra (26)
16 adjudicado · 6 no habilitado · 3 habilitado por vía extraordinaria · 1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Casa Duarte, S.R.L.Adjudicataria de los lotes 3, 4, 5, 6, 10, 11, 12 y 13; el acta indica habilitación rectificada para el lote 3.
Adjudicado
Lotes 3, 4, 5, 6, 10, 11, 12 y 13
RD$502,492,380
Casa Duarte, S.R.L.Habilitada mediante rectificación para el lote 3; posteriormente resultó adjudicataria.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Distribuidora Basesmos, S.R.L.Habilitada para el lote 27 en sustitución del lote 28 que se había colocado por error; el lote 27 se adjudicó a Grupo Cristante.
Casa Duarte, S.R.L.No quedó habilitada para la apertura económica en el lote 17, declarado desierto.
No habilitado
Lote 17
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Inversiones Globama, S.R.L.No quedó habilitada para la apertura económica en el lote 17, declarado desierto.
No habilitado
Lote 17
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Max Comercial, S.R.L.No quedó habilitada para la apertura económica en el lote 17, declarado desierto.
No habilitado
Lote 17
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Multiservicios OCNAB, S.R.L.El acta consigna que su oferta económica no fue leída por error y que se realizó una apertura extraordinaria; no consigna aquí el resultado individual.