La circular núm. 1, fechada el 18 de agosto de 2025, responde consultas de oferentes sobre materiales, cantidades, seguridad, muestras y logística de la licitación MINERD-CCC-LPN-2025-0041. Varias respuestas remiten a las Enmiendas VI y VII para cambios técnicos y del cronograma; también indica que la ejecución afectaría el período presupuestario 2026.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para las pruebas de seguridad, una respuesta menciona ASTM F963-03 y EN 71 parte 1, mientras otra indica ISO 8124 completa. La diferencia deja sin precisar en esta circular cuál estándar debe cumplir cada producto o si son acumulativos, lo que puede afectar la preparación y evaluación uniforme de las ofertas.
“La Norma Americana ASTM F963 - 03 sobre especificaciones para la seguridad de los juguetes. La Norma Europea, Norma de Seguridad de los juguetes EN 71 Parte 1 para las pruebas físicas y mecánicas como la prueba de impacto, prueba de torque,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la exigencia de que el laboratorio que emita la prueba sea independiente del fabricante u oferente..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Requisitos de toxicidad y pruebasIndependencia del laboratorio y estándares aplicables
La consulta plantea que se requieren certificados de no toxicidad o pruebas de laboratorio, pero pregunta si el laboratorio debe ser independiente y qué normativa aplica.
La circular responde que el laboratorio no tiene que ser independiente; menciona ASTM F963-03 y EN 71 parte 1, y en otra respuesta indica pruebas bajo ISO 8124 completa.
RelajaQuita un control: Se elimina la exigencia de que el laboratorio que emita la prueba sea independiente del fabricante u oferente.
Lote 16, modelo de doble hélice del ADNTipo y dimensiones del producto
Modelo descrito como 60 x 90 cm, full color y laminado.
Se solicita un modelo desarmable, de acrílico o plástico, con colores diferenciados y tamaño sugerido de 125 x 350 mm; se indica que se actualizaron las especificaciones de la ficha técnica.
Neutral
Lote 18, animales de la selva y de la granjaMaterial y seguridad de los juguetes
La consulta refiere la especificación general de plástico resistente.
La respuesta precisa plástico flexible tipo PVC para los animales de la selva y plástico flexible, libre de bordes duros o cortantes, para los animales de granja.
Aclara
Lote 17, ítem 6, mapa de República DominicanaDimensiones del mapa
La consulta indica dimensiones de 127 x 89 cm.
La respuesta acepta una medida uniforme de 128 x 92 cm y remite a la Enmienda VII.
Aclara
Lote 26, tarjetas didácticasGuía didáctica y ensayos de seguridad
La consulta pregunta si deben incluirse guía didáctica y certificados de no toxicidad.
La circular responde afirmativamente que debe incluirse una guía para las tarjetas didácticas y pruebas bajo la Norma ISO 8124 completa; remite a la Enmienda VII.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona