El pliego de la Licitación Pública Nacional INABIE-CCC-LPN-2025-0076 establece las condiciones para contratar el suministro y distribución de almuerzos escolares en El Seibo durante los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028, dirigido a MIPYMES con cocinas instaladas en la provincia. Fija un presupuesto numérico de RD$755,330,371.12 y un precio único de RD$93.73 por ración con ITBIS incluido; prevé evaluación técnica por cumplimiento y puntaje, con adjudicación vinculada a puntuación, capacidad, ubicación y grupos referenciales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La matriz de riesgos del pliego prevé descalificación ante la identificación de tres o más indicios de colusión. El portal registra ofertas por montos idénticos de 15 oferentes y coincidencias de contacto entre oferentes; corresponde verificar cómo se contabilizaron esos indicios y si el umbral establecido afectó el análisis de esas coincidencias. El dato del portal es un contexto externo al texto citado, no una conclusión de coordinación.
“Debida diligencia, inclusión de cláusulas en los Pliegos de condiciones, descalificación de oferentes con identificación de tres (3) o más indicios de colusión.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 11 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 11
ART. 11. Las prácticas corruptas o fraudulentas comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas de la libre competencia, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del proceso o de la rescisión del contrato, si éste ya se hubiere celebrado.
El pliego establece un mínimo de 70 puntos para habilitar una cocina, pero permite considerar para adjudicación a oferentes que no cumplan los requisitos mínimos de capacidad instalada y puntaje cuando ningún oferente de la provincia o municipio los alcance. Esto puede permitir asignar el servicio sin satisfacer los controles mínimos que el propio pliego fija para comprobar la capacidad productiva.
“Un aspecto crucial es que, para que una cocina se considere "HABILITADA", debe alcanzar una puntuación mínima de 70 puntos en esta evaluación técnica total … Excepcionalmente y solamente en las provincias o municipios en el cual ningún”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego dispone que empresas que coincidan en algún accionista no podrán participar simultáneamente, sin limitar la regla a consorcios ni condicionarla a que se compruebe coordinación entre oferentes. Esa prohibición puede excluir ofertas por la sola coincidencia societaria; la Ley 340-06 establece expresamente una prohibición de doble participación para quienes integran un consorcio, pero no formula aquí una prohibición general para empresas con accionistas comunes.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…
El plazo de ejecución se describe simultáneamente como 36 meses y como correspondiente a los años escolares 2026-2027 y 2027-2028. La diferencia puede afectar la determinación de las prestaciones y del período que cubre el precio, por lo que conviene aclarar si los 36 meses son vigencia contractual o tiempo efectivo de suministro.
“El tiempo de ejecución del Servicio es de treinta y seis (36) meses, correspondiente a los años escolares lectivos 2026-2027 y 2027-2028, serán contados a partir de la certificación del Contrato suscrito entre Las Partes por la Contraloría ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona