El Acto Administrativo de Adjudicación núm. DIE-ADJ-005-2025, de fecha 2025-09-05, aprobó el informe de evaluación y adjudicó los cuatro lotes del suministro e instalación de aulas móviles a Constructora Laugama (lotes 1 y 3), Naipaul Trading (lote 2) e Inversiones Fagernex (lote 4). Los montos adjudicados suman RD$851,763,691.21; el proceso registra un monto estimado de RD$831,232,809.04.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adopta adjudicaciones para Naipaul Trading en el lote 2 y Fagernex en el lote 4, aunque su propio cuadro de lugares ocupados registra a Laugama en segundo lugar con RD$209,000,085.06 en cada lote, por debajo de los montos adjudicados. El informe señala que el criterio era adjudicar la oferta de menor precio entre las que cumplieran; la diferencia tiene efecto directo en los adjudicatarios y el gasto.
“Basándonos en el primer párrafo del numeral 12.3 Criterio de adjudicación, página 71, del Pliego de Condiciones, el cual indica la adjudicación de la oferta más conveniente, se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Los cuatro montos adjudicados que consigna el acta suman RD$851,763,691.21, RD$20,530,882.17 por encima del monto estimado de RD$831,232,809.04 que registra el proceso y su certificación de fondos según la información aportada. El acta no consigna una ampliación de la apropiación; verificar si existe una certificación adicional que cubra la diferencia.
““Se recomienda la adjudicación a la empresa, NAIPAUL TRADING, SRL, para el lote 2 por el monto de RD$217,561,317.99” … “Se recomienda la adjudicación a la empresa, INVERSIONES FAGERNEX, SRL para el lote 4 por el monto de RD$ 221,702,205.28””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El acta indica que cabe interponer directamente un recurso jerárquico. El reglamento establece como primera etapa la impugnación ante la institución contratante y luego el recurso jerárquico ante la DGCP; la indicación puede afectar la información sobre las vías disponibles para recurrir.
““este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrible en sede administrativa, a través de la interposición de un recurso jerárquico en el plazo de 10 días””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 214 · Reglamento 416-23, art. 218 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 214 — Vías recursivas
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normal
El acta adjudica el lote 3 a Laugama por RD$206,250,083.94, pero su cuadro de lugares ocupados registra para Laugama en ese lote RD$209,000,085.06 como recomendado a adjudicación. La diferencia de aproximadamente RD$2.75 millones no es un descuadre de centavos y deja inconsistentes los datos del resultado del lote.
“3 | 1 | Suministro e Instalación de | Aula móvil (Ver | Especificaciones Técnicas) | (incl. 6 ud de salida | cenitales, 4 uds de salida de | tomacorriente 110v, 1 ud de | salida de interruptor three | way, 1 ud”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona