La DGCP anuló actos de este proceso (resolución RIC-15-2025)
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Oficina de Cooperación Internacional · Estado: Proceso adjudicado y celebrado
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Bementras, SRL, Ailam Engineering & Supplies, SRL
· hace 2 años
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acoge en cuanto a la forma el recurso jerárquico interpuesto por la razón social recurrente, por haber sido presentado conforme a las formalidades exigidas por la normativa aplicable. En cuanto al fondo, se acoge el pedimento de declarar la nulidad y revocar la Resolución Núm. 051/2024, al comprobarse que la misma carecía de motivación. Asimismo, respecto al pedimento de anular el Acta de Adjudicación No.…
Empresas: García Tejera & Asociados, SRL (presentó la acción)Riften Invesment, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el Recurso jerárquico presentado por la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L., contra la Resolución Núm. 051/2024 de fecha 29 de octubre de 2024 emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional- segunda etapa”, Lote 8. por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto a los pedimentos del recurrente: i. ACOGE el pedimento del recurrente que se declare la nulidad y se revoque la Resolución Núm. 051/2024 de fecha 29 de octubre de 2024, toda vez que pudo constatarse que la misma carece de motivación. ii. En cuanto al pedimento del recurrente que se anule el acta de adjudicación No. 011- 2024 de fecha 2 de octubre de 2024 en cuanto al Lote núm. 8, se DECLARA que queda subsumido tras la nulidad del procedimiento de que se trata, en virtud de lo indicado en la Resolución núm. Ref. RIC-0015-2025 emitida en fecha 6 de febrero de 2025. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L., ; ii) a la Oficina de Cooperación Internacional (OCI), y; iii) a la razón social Riften Investment, S.R.L., adjudicataria del Lote núm.8, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENA la remisión formal de la presente resolución: i) a la Contraloría General de la República y a su Unidad Antifraude; ii) a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana; iii) a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa; iv) al Ministerio de Educación (MINERD); al v) Ministerio de la Presidencia, y a la vi) Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), para que en el marco de sus roles y competencias puedan realizar las investigaciones que les asiste la ley y la Constitución, y tomar las medidas que correspondan. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Arcasevis, SRL | RD$139,164,274 | 9 oct de 2024 | Activo · contrato |
| A Fuego Lento, S.R.L. | RD$131,500,081 | 9 oct de 2024 | Activo · contrato |
| Arcasevis, SRL | RD$130,057,266 | 9 oct de 2024 | Activo · contrato |
| Suplidores Comerciales & Suministros Tecnomas-LM, SRL | RD$129,420,143 | 9 oct de 2024 | Activo · contrato |
| A Fuego Lento, S.R.L. | RD$126,500,019 | 9 oct de 2024 | Activo · contrato |
| Riften Invesment, SRL | RD$119,507,960 | 9 oct de 2024 | Activo · contrato |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Inversiones Iparra Del Caribe, SRLProveedor desde 11 sept de 2014 | RD$409,792,501 | 17 jun de 2024 | Pendiente |
| Oficina Universal, S.A.Proveedor desde 25 nov de 2005 | RD$380,921,791 | — | — |
| Winpe Group, SRLProveedor desde 17 dic de 2019 | RD$339,654,350 | 18 jun de 2024 | Pendiente |
| Metalmecánica De Los Santos, SRLProveedor desde 17 sept de 2019 | RD$260,114,544 | 17 jun de 2024 | Pendiente |
| Grupo FOM, SRLProveedor desde 27 jun de 2018 | RD$192,099,823 | 18 jun de 2024 | Pendiente |
| Deghe Soluciones Electricas, SRLProveedor desde 3 sept de 2014 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Digisi, SRLProveedor desde 29 ago de 2013 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Distribuidora Hued, SRLProveedor desde 12 dic de 2018 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Oficina Universal, S.A.Proveedor desde 25 nov de 2005 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| A Fuego Lento, S.R.L.Proveedor desde 9 abr de 2014 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Adjudicado |
| Realmed Dominicana, S.R.L. |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Luego de haber analizado los alegatos presentados por las partes, este Órgano Rector considera que, si bien es cierto que procedería acoger los pedimentos del recurrente en atención a que tienen mérito sus alegatos sobre la evaluación de irregular la oferta técnica y la adjudicación de la razón social Arcasevis, S.R.L., no menos verdadero es que, ante las irregularidades verificadas en el pliego de condiciones y su…
Empresas: García Tejera & Asociados, SRL (presentó la acción)Arcasevis, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L., contra la Resolución Núm. 050/2024, de fecha 29 de octubre de 2024, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional- segunda etapa”, Lote 7, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto a los pedimentos del recurrente: i. ACOGE el pedimento del recurrente que se declare la nulidad y se revoque la Resolución Núm. 050/2024 de fecha 29 de octubre de 2024, toda vez que pudo constatarse que la misma carece de motivación. ii. En cuanto al pedimento del recurrente que se anule el acta de adjudicación No. 011- 2024 de fecha 2 de octubre de 2024 en cuanto al Lote núm. 7, se DECLARA que queda subsumido tras la nulidad del procedimiento de que se trata, en virtud de lo indicado en la Resolución núm. Ref. RIC-0015-2025, emitida en fecha 6 de febrero de 2025. TERCERO: ORDENAR a la máxima autoridad de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) que debido a las graves irregularidades observadas en la Licitación Pública Nacional Núm. OCI- CCC-LPN-2024-0003, conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 41-08, identifique a los funcionarios que participaron en el procedimiento y, en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder por no ceñir su actuación a las normas que rigen el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 65 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. PÁRRAFO: Una vez agotado el procedimiento disciplinario conforme al debido proceso establecido en la Ley Núm. 41-08, la OCI deberá informar los resultados al Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la emisión de la decisión. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente la razón social García Tejera, S.R.L., ; ii) a la Oficina de Cooperación Internacional (OCI), y; iii) a la razón social Arcasevis, S.R.L., adjudicataria del Lote núm.7 , para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENA la remisión formal de la presente resolución: i) a la Contraloría General de la República y a su Unidad Antifraude; ii) a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana; iii) a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa; iv) al Ministerio de Educación (MINERD); al v) Ministerio de la Presidencia, y a la vi) Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), para que en el marco de sus roles y competencias puedan realizar las investigaciones que les asiste la ley, la Constitución y tomar las medidas que correspondan. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do. Les informamos que desde la Dirección General de Contrataciones Públicas estaremos realizando un seguimiento continuo del cumplimiento de la presente Resolución, a fin de asegurar que las disposiciones contenidas en la misma se ejecuten de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente. Para ello, nos mantendremos en comunicación constante y dispuestos a brindar el apoyo necesario durante todo el proceso.
Tipo de acción: Recurso jerárquico interpuesto por la razón social Toro Business, Catalyst, S.R.L., en contra de la Resolución Núm. 049/2024 de fecha 22 de octubre de 2024, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, llevado a cabo…
Empresas: Toro Business Catalyst, SRL (presentó la acción)Catalyst, S.R.L.Suplidores Comerciales & Suministro Tecnomas, S.R.L.
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Toro Business, Catalyst, S.R.L., contra la Resolución Núm. 049/2024 de fecha 22 de octubre de 2024 emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional- segunda etapa”, Lote 5, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto a los pedimentos del recurrente: i. ACOGE el pedimento del recurrente de que se revoque la Resolución núm. 050/2024 de fecha 23 de octubre de 2024, y en consecuencia se deja sin efecto la misma. ii. En cuanto, a los pedimentos que se declare la nulidad de Acta de Adjudicación núm. 011-2024; de la resolución tercera y séptima del acta de adjudicación 011-2024; así como la descalificación de la oferta presentada por Suplidores Comerciales & Suministro Tecnomas, S.R.L., y la reevaluación de las ofertas presentadas en el lote 2 y 6 del procedimiento de referencia, se DECLARA que quedan SUBSUMIDOS TRAS LA NULIDAD DEL PROCEDIMIENTO de que se trata, en virtud de lo indicado en la Resolución núm. Ref. RIC-0015-2025 emitida en fecha 6 de febrero de 2025 y RIC-0018-2025 emitida en fecha 7 de febrero de 2025. TERCERO: ORDENAR a la máxima autoridad de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) que debido a las graves irregularidades observadas en la Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 41-08, identifique a los funcionarios que participaron en el procedimiento y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder por no ceñir su actuación a las normas que rigen el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 65 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. PÁRRAFO: Una vez agotado el procedimiento disciplinario conforme al debido proceso establecido en la Ley Núm. 41-08, la OCI deberá informar los resultados al Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la emisión de la decisión. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente la razón social Toro Business Catalyst, S.R.L.; ii) a la Oficina de Cooperación Internacional (OCI), y; iii) a la razón social Suplidores Comerciales & Suministro Tecnomas, S.R.L., adjudicataria del Lote Núm. 2, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENA la remisión formal de la presente Resolución: i) a la Contraloría General de la República y a su Unidad Antifraude; ii) a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana; iii) a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA); iv) al Ministerio de Educación (MINERD); al v) Ministerio de la Presidencia, y a la vi) Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), para que en el marco de sus roles y competencias puedan realizar las investigaciones que les asiste la ley y la Constitución, y tomar las medidas que correspondan. SÉPTIMO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Este Órgano Rector acoge en cuanto a la forma el recurso jerárquico y en cuanto al fondo se anula la resolución que responde al recurso de impugnación. Ahora bien, en virtud Resolución núm. RIC-0015-2025 de fecha 06 de febrero de 2025, esta Dirección General reitera la nulidad del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003. Por lo que sus pedimentos en cuanto a las nulidades de los…
Empresas: Comercial Mondadori, SRL (presentó la acción)Arcasevis, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico presentado por la razón social Comercial Mondadori, S.R.L., contra la Resolución Núm. 049/2024 de fecha 22 de octubre de 2024 emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional- segunda etapa”, Lote 5, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto a los pedimentos del recurrente: i. ACOGE el pedimento del recurrente que se declare la nulidad y se revoque la Resolución núm. 049/2024 de fecha 22 de octubre de 2024, toda vez que pudo constatarse que la misma carece de motivación. ii. ACOGER el pedimento de ORDENAR la publicación de la gestión completa del procedimiento en el SECP, dado que no se encuentran publicados el informe de aprobación de fecha 26 de agosto de 2024 que conoce los recurso de reconsideración durante el procedimiento de referencia, aprobado por el Acto de Aprobación núm. CCC-0042-2024 emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la OCI en la misma fecha, ni la documentación presentada por los oferentes como resultado de la solicitud de subsanación, por tanto, SE ORDENA a la OCI publicar la gestión completa de la licitación referida en un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, y una vez publicados todos los documentos del procedimiento de referencia, notificar a esta Dirección General, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación que los mismos se encuentran disponibles en la referida plataforma. iii. En cuanto a los pedimentos del recurrente que se declaren la nulidad y se revoquen los informes de evaluación de las ofertas técnicas y económicas, el Acto Administrativo núm. CCC-OCI-2024-0041, de fecha 6 de agosto de 2024, que aprueba el informe de evaluación de ofertas técnicas y el Acta de Adjudicación núm. 011-2023, de fecha 2 de octubre de 2024, y que, en consecuencia, se emitan nuevos actos administrativos, se DECLARA que quedan subsumidos tras la nulidad del procedimiento de que se trata, en virtud de lo indicado en la Resolución núm. Ref. RIC-0015-2025 emitida en fecha 6 de febrero de 2025. TERCERO: ORDENAR a la máxima autoridad de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) que debido a las graves irregularidades observadas en la Licitación Pública Nacional Núm. OCI- CCC-LPN-2024-0003, conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 41-08, identifique a los funcionarios que participaron en el procedimiento y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder por no ceñir su actuación a las normas que rigen el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 65 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. PÁRRAFO I: Una vez agotado el procedimiento disciplinario conforme al debido proceso establecido en la Ley Núm. 41-08, la OCI deberá informar los resultados al Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la emisión de la decisión. PÁRRAFO II: INFORMAMOS que desde esta Dirección General de Contrataciones Públicas estaremos realizando un seguimiento continuo del cumplimiento de la Resolución No. Ref. RIC-0015-2025 y de la presente, a fin de asegurar que las disposiciones contenidas en las mismas se ejecuten de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente. Para ello, nos mantendremos en comunicación constante y dispuestos a brindar el apoyo necesario durante todo el proceso.” CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente la razón social Comercial Mondadori, S.R.L.; ii) a la Oficina de Cooperación Internacional (OCI), y; iii) a la razón social Arcasevis, S.R.L., adjudicataria del Lote núm.5, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENA la remisión formal de la presente Resolución: i) a la Contraloría General de la República y a su Unidad Antifraude; ii) a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana; iii) a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA); iv) al Ministerio de Educación (MINERD); al v) Ministerio de la Presidencia, y a la vi) Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), para que en el marco de sus roles y competencias puedan realizar las investigaciones que les asiste la ley y la Constitución, y tomar las medidas que correspondan. SÉXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Luego de haber analizado los alegatos presentados por las partes, este Órgano Rector considera que, si bien es cierto que tienen mérito los pedimentos del recurrente en cuanto a las nulidades de los informes de evaluación de la oferta técnica y económica; el acta de aprobación de los recursos de impugnación interpuestos y el acta de adjudicación, ante las graves irregularidades comprobadas, incluyendo la falta de…
Empresas: Comercial Mondadori, SRL (presentó la acción)A Fuego Lento, S.R.L.
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Comercial Mondadori, S.R.L., contra la Resolución Núm. 048/2024 de fecha 22 de octubre de 2024 emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional- segunda etapa”, Lotes 3 y 4, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto a los pedimentos de la recurrente: i. ACOGE el pedimento del recurrente que se declare la nulidad y se revoque la Resolución Núm. 048/2024 de fecha 22 de octubre de 2024, toda vez que puedo constatarse que la misma carece de motivación. ii. ACOGER el pedimento de que se anule el procedimiento de referencia, y en CONSECUENCIA, esta Dirección General de Contrataciones Públicas como Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas ANULA el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, tras comprobarse las irregularidades indicadas en el párrafo 152 de la presente Resolución. iii. ACOGER el pedimento de ordenar la publicación de la gestión completa del procedimiento en el SECP, dado que no se encuentran publicados el informe de aprobación de fecha 26 de agosto de 2024 que conoce los recurso de reconsideración durante el procedimiento de referencia, aprobado por el Acto de Aprobación núm. CCC- 0042-2024 emitido por el Comité de Compras y Contrataciones de la OCI en la misma fecha, ni la documentación presentada por los oferentes como resultado de la solicitud de subsanación, por tanto, se ordena a la OCI publicar la gestión completa de la licitación referida en un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente Resolución, y una vez publicados todos los documentos del procedimiento de referencia, notificar a esta Dirección General, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación que los mismos se encuentran disponibles en la referida plataforma. iv. En cuanto a los demás pedimentos de la razón social Comercial Mondadori, S.R.L., sobre las nulidades de: i) el informe definitivo de la oferta técnica; ii) el informe de evaluación de la oferta económica; iii) el acta de adjudicación; iv) el Acto de Aprobación núm. CCC- 0042-2024, y; v) que se ordene a la OCI emitir nuevos actos administrativos que sustituyan los actos anulados; se DECLARA que quedan subsumidos tras la nulidad del procedimiento de que se trata. TERCERO: ORDENAR a la máxima autoridad de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) que debido a las graves irregularidades observadas en la Licitación Pública Nacional Núm. OCI- CCC-LPN-2024-0003, conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 41-08, identifique a los funcionarios que participaron en el procedimiento y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder por no ceñir su actuación a las normas que rigen el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP), de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 65 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. PÁRRAFO I: Una vez agotado el procedimiento disciplinario conforme al debido proceso establecido en la Ley Núm. 41-08, la OCI deberá informar los resultados al Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la emisión de la decisión. PÁRRAFO II: Informamos que esta Dirección General de Contrataciones Públicas estará realizando un seguimiento continuo al cumplimiento de la presente Resolución, a fin de asegurar que las disposiciones contenidas en la misma se ejecuten de conformidad con lo establecido en el marco normativo vigente. Para ello, nos mantendremos en comunicación constante y dispuestos a brindar el apoyo necesario durante todo el proceso. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente la razón social Comercial Mondadori, S.R.L., ; ii) a la Oficina de Cooperación Internacional (OCI), y; iii) a la razón social A Fuego Lento, S.R.L., adjudicataria de los Lotes 3 y 4 , para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENA la remisión formal de la presente Resolución: i) a la Contraloría General de la República y a su Unidad Antifraude; ii) a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana; iii) a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa; iv) al Ministerio de Educación (MINERD); al v) Ministerio de la Presidencia, y a la vi) Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), para que en el marco de sus roles y competencias puedan realizar las investigaciones que les asiste la ley y la Constitución, y tomar las medidas que correspondan. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Solicitud de medida cautelar interpuesta por la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L., en el marco del Procedimiento la Licitación Pública Nacional Núm. Dpto. OCI-CCC-LPN-2024-0003 llevado a cabo por la Oficina de Cooperación Internacional (OCI), para el “Equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional segunda etapa”, Lotes Núms. 7 y 8. Síntesis de la decisión: Luego…
Empresas: García Tejera & Asociados, SRL (presentó la acción)Arcasevis, SRLRiften Investment, S.R.L.
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L., tendente a suspender las ejecuciones de los contratos Núms. 078-2024 del Lote 7 y 079-2024 del Lote 8, suscritos en fecha 10 de octubre de 2024, entre la Oficina de Cooperación Internacional (OCI), y las razones sociales Arcasevis, S.R.L., y Riften Investment, S.R.L., respectivamente, para el “Equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional-segunda etapa”, hasta tanto se dé respuesta a los recursos jerárquicos presentados, por haber observado de manera preliminar hallazgos e indicios que pudieran dar cuenta de irregularidades manifiestas a las adjudicaciones que afectarían la ejecución el objeto de la Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024- 0003. PÁRRAFO: En consecuencia, de lo anterior se ordena SUSPENDER las ejecuciones de los contratos Núms. 078-2024 del Lote 7 y 079-2024 del Lote 8, suscritos en fecha 10 de octubre de 2024, entre la Oficina de Cooperación Internacional (OCI), y las razones sociales Arcasevis, S.R.L., y Riften Investment, S.R.L., respectivamente, para el “Equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional-segunda etapa”, hasta tanto esta Dirección General decida los recursos jerárquicos de la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a: i) la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L.; ii) a la Oficina de Cooperación Internacional (OCI); iii) la razón social Arcasevis, S.R.L., adjudicataria del lote núm. 7, y; iv) la razón social Riften Investment, S.R.L., adjudicataria del lote núm.8 , para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para sus conocimientos y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.
Solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Toro Business Caralyst S.R.L, tendente a suspender de manera provisional la ejecución del contrato correspondiente a la adjudicación del Lote núm.2 del procedimiento Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, llevado a cabo por la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) para la "Equipamiento de talleres con servicios conexos en centros…
Empresas: Toro Business Catalyst, SRL (presentó la acción)Suplidores Comerciales & Suministros Tecnomas-LM, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Toro Business Catalyst, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo con las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: ACOGER en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Toro Business Catalyst, S.R.L., tendente a suspender la ejecución del contrato Num. 074-2024, suscrito entre la razón social Suplidores Comerciales & Suministros Tecnomás- LM, S.R.L. y la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación (OCI), respecto al Lote 2 del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024- 0003, llevado a cabo por la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación (OCI), para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional- segunda etapa” hasta tanto se decida el recurso jerárquico de la razón social Toro Business Catalyst, S.R.L. puesto que se han probado tanto la verosimilitud del derecho por las aparentes irregularidades advertidas en el procedimiento de contratación, como el daño irreparable que podría ocasionar la demora, dado que, de no suspenderse la ejecución del contrato podría materializarse acto potencialmente viciado, lo que podría representar peligro de que una decisión estimatoria favorable del recurso de jerárquico pueda tornarse ineficaz debido a la consumación total del objeto contratado. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente Toro Business Catalyst, S.R.L. ii) a la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación (OCI); iii) a la razón social Suplidores Comerciales & Suministros Tecnomás-LM, S.R.L. para su conocimiento y los fines de lugar. CUARTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Se acoge parcialmente la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Comercial Mondadori, S.R.L. En atención a las aparentes irregularidades en el procedimiento de contratación y el peligro en la demora constatado, se ordena la suspensión provisional de la ejecución de los contratos correspondientes al Lote 5. Esta medida busca preservar los principios de legalidad y transparencia en el proceso de…
Empresas: Comercial Mondadori, SRL (presentó la acción)Arcasevis, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Comercial Mondadori, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: ACOGER PARCIALMENTE en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Comercial Mondadori, S.R.L., tendente a suspender el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, llevado a cabo por la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación (OCI) para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional-segunda etapa”, así como la suscripción y la ejecución de los contratos correspondientes al Lote 5 hasta tanto se conozca su recurso jerárquico, ya que si bien las etapas de adjudicación y suscripción de contrato no pueden ser suspendidas debido a que ya fueron ejecutadas, CORRESPONDE ORDENAR LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO correspondiente al Lote 5 en razón de que se han probado tanto la verosimilitud del derecho por las aparentes irregularidades advertidas en el procedimiento de contratación, como el daño irreparable que podría ocasionar la demora, dado que, de no suspenderse la ejecución de los contratos podrían materializarse actos potencialmente viciados, lo que podría representar peligro de que una decisión estimatoria del recurso de jerárquico pueda tornarse ineficaz debido a la consumación total del objeto contratado. PÁRRAFO: EN CONSECUENCIA, SE ORDENA la SUSPENSIÓN provisional de la ejecución del contrato suscrito entre la razón social Arcasevis, S.R.L. y la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación (OCI), respecto al Lote 5 del procedimiento, hasta tanto esta Dirección General decida el recurso jerárquico de la razón social Comercial Mondadori, S.R.L. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso: i) a la razón social Comercial Mondadori, S.R.L.; ii) a la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación (OCI); iii) a la razón social Arcasevis, S.R.L.; para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, en www.dgcp.gob.do.
Se acoge parcialmente la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Comercial Mondadori, S.R.L. En atención a las aparentes irregularidades en el procedimiento de contratación y el peligro en la demora constatado, se ordena la suspensión provisional de la ejecución de los contratos correspondientes a los Lotes 3 y 4. Esta medida busca preservar los principios de legalidad y transparencia en el…
Empresas: Comercial Mondadori, SRL (presentó la acción)Fuego Lento, S.R.L.
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Comercial Mondadori, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: ACOGER PARCIALMENTE en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Comercial Mondadori, S.R.L., tendente a suspender el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, llevado a cabo por la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación (OCI), para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional-segunda etapa”, así como la suscripción y la ejecución de los contratos correspondientes a los lotes 3 y 4 hasta tanto se conozca su recurso jerárquico, ya que si bien las etapas de adjudicación y suscripción de contratos no pueden ser suspendidas debido a que ya fueron ejecutadas, corresponde ordenar la suspensión de la ejecución de los contratos correspondientes a los lotes 3 y 4 en razón de que se han probado tanto la verosimilitud del derecho por las aparentes irregularidades advertidas en el procedimiento de contratación, como el daño irreparable que podría ocasionar la demora, dado que, de no suspenderse la ejecución de los contratos podrían materializarse actos potencialmente viciados, lo que podría representar peligro de que una decisión estimatoria del recurso de jerárquico pueda tornarse ineficaz debido a la consumación total del objeto contratado. PÁRRAFO: EN CONSECUENCIA, DE LO ANTERIOR, se ORDENA SUSPENDER PROVISIONALMENTE la ejecución de los contratos suscritos entre la razón social A Fuego Lento, S.R.L. y la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación (OCI), respecto a los Lotes Núms. 3 y 4 del procedimiento Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003 para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional-segunda etapa”, hasta tanto esta Dirección General decida el recurso jerárquico de la razón social Comercial Mondadori, S.R.L. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso: i) a la razón social Comercial Mondadori, S.R.L.; ii) a la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación (OCI); iii) a la razón social A Fuego Lento, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: REMITIR formalmente esta Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, en www.dgcp.gob.do.
| sin monto publicado |
| 19 jun de 2024 |
| Pendiente |
| Suplidores Comerciales & Suministros Tecnomas-LM, SRLProveedor desde 10 dic de 2020 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Adjudicado |
| Roxxer Media, SRLProveedor desde 13 may de 2021 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Importadora Malonda, S.R.L.Proveedor desde 23 jul de 2020 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Solmat, SRLProveedor desde 1 sept de 2020 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Gestión Energética e Industrial Suaport GEISA, SRLProveedor desde 12 oct de 2007 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Gestion Tecnológica E Industrial Gestionsa, SRLProveedor desde 10 dic de 2013 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Inversiones Sanlino, SRLProveedor desde 16 jun de 2017 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Comercializadora Harif, SRLProveedor desde 22 jul de 2019 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Constructora Villa Mejía, SRLProveedor desde 26 mar de 2010 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Construnove, SRLProveedor desde 22 nov de 2022 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Inversiones Tropicana, SRLProveedor desde 29 nov de 2005 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Edumuebles Industrial, SRLProveedor desde 20 oct de 2016 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Max Comercial, SRLProveedor desde 4 sept de 2015 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Robin Marte Technology, SRLProveedor desde 17 abr de 2014 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| TCO Networking, SRLProveedor desde 9 jul de 2014 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| D Lexx Import, SRLProveedor desde 28 mar de 2017 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Comercial De Las Antillas, SRLProveedor desde 10 jun de 2024 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Dipuglia PC Outlet Store, SRLProveedor desde 30 oct de 2008 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Comercial Mondadori, SRLProveedor desde 17 ago de 2020 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Soelca, SRLProveedor desde 24 jun de 2015 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| La Gran Muralla Import, SRLProveedor desde 28 mar de 2017 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Amcar Suply, SRLProveedor desde 11 jun de 2018 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Megamax Dominicana, SRLProveedor desde 29 ene de 2021 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| García Tejera & Asociados, SRLProveedor desde 22 jun de 2012 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Diversidad de Articulos Diversidart, SRLProveedor desde 9 ago de 2017 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Bementras, SRLProveedor desde 11 feb de 2015 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Toro Business Catalyst, SRLProveedor desde 18 may de 2020 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Condelca, SRLProveedor desde 16 feb de 2021 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Comercial Muma, SRLProveedor desde 16 may de 2013 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Serd-Net, SRLProveedor desde 11 nov de 2014 | sin monto publicado | 17 jun de 2024 | Pendiente |
| Ailam Engineering & Supplies, SRLProveedor desde 22 feb de 2019 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Riften Invesment, SRLProveedor desde 3 may de 2021 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Adjudicado |
| Dominicana Phone Peroba, S.R.LProveedor desde 24 jun de 2020 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Pendiente |
| Arcasevis, SRLProveedor desde 15 sept de 2022 | sin monto publicado | 19 jun de 2024 | Adjudicado |