Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se rechaza debido a que el Órgano Rector ha sido apoderado de un Recurso Jerárquico, y en tal sentido, es competente para revisar el expediente administrativo publicado en el PT por la institución contratante, así como los documentos aportados por las partes involucradas en la acción recursiva.
Proceso: ETED-CCC-CP-2021-0040 (RECONSTRUCCION DE LA L.T. 69KV CRUCE DE CABRAL - BARAHONA)
Empresas: Consorcio Electromecanico, SASGrupo FOM, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Consorcio Electromecánica, S.A.S. (CESA), contra la Resolución Núm. 01/2022 de fecha 2 de marzo de 2022, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), que da respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del GOBIERNO DE LA REP BLICA DOMINICA A HACIENDA DIRECCIÓ GENERALDECO TRATACIO sp' B ICAS 1,>edro A. Llubtresesq. M.inuel Rodrigue: Ob¡io, Gas ue S-lnto OomJn •o Repúbll .a Oomlnk.ina Dir<!<:ción G<,,nc,ro/. ContnllllCJOIIRS PublJc;,,; procedimiento por Comparación de Precios Núm. ETED-CCC-CP-2021-0040, para la “Reconstrucción de la L.T 69KV Cruce de Cabral-Barahona” , por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Consorcio Electromecánica, S.A.S. (CESA): 1) RECHAZAR el pedimiento de que sea declarada la nula la Resolución núm. 001/2022 de fecha 2 de marzo de 2022, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), que da respuesta al recurso de impugnación interpuesto por el Consorcio Electromecánica, S.A.S. (CESA), por falta de motivación, conforme a lo expuesto en el párrafo 55 (numeral 2). 2) RECHAZAR el pedimiento de que se acojan las conclusiones del recurso de impugnación, interpuesto por el Consorcio Electromecánica, S.A.S. (CESA), toda vez que, conocer las misma es competencia las instituciones contratantes, conforme a lo expuesto en el párrafo 55 (numeral 3). 3) AGOGER el pedimento de que sea declarada la nulidad del “Informe Final de Evaluación Técnica “Sobre A”” de fecha 18 de enero de 2022, emitido por los peritos designados; y del “Acta Núm. 21/2022” contentiva del “Acta de Aprobación de Informe Definitivo de Evaluación Técnica de la Licitación por Comparación de Precios núm. ETED-CCC-CP- 2021-0040”, debido al mérito de sus alegato en cuanto a la descalificación irregular de su oferta técnica, ya que fue constatado que la ETED evaluó la oferta técnica de la recurrente con base a criterios no establecidos en el pliego de condiciones ni las especificaciones técnicas del procedimiento, conforme a lo expuesto en el párrafo 55 (numeral 4). Por tanto, ANULA dichos actos, siempre y cuando la obra objeto de la contratación no haya sido GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS C.recciól'IGcfi~III. Corltrotodoncs Públicas ejecutada en su totalidad, conforme a lo expuesto en los párrafos 55 al 59 de esta Resolución. 4) En caso de que se materialice la nulidad de los actos referidos, se ORDENA al Comité de Compras y Contrataciones de la ETED, REEVALUAR, la oferta técnica de la recurrente, conforme a lo expuesto en el párrafo 55 (numeral 5). TERCERO: RECOMENDAR a la máxima autoridad del Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), que debido a las irregularidades observadas, conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, identifique a los funcionarios - que hayan participado y permanezcan en la actual gestión – por no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. Las sanciones que sean aplicadas, si corresponde, en el marco del debido proceso, como consecuencia de las irregularidades señaladas, deberán ser informadas al Órgano Rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) dentro de un plazo de 5 días hábiles luego de su aplicación. CUARTO: ORDENAR a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED) i) Publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, El Informe Final de Evaluación Técnica “Sobre A” de fecha 18 de enero de 2022, emitido por los peritos técnicos designados a tal efecto y el Acto Autentico de Comprobación de Apertura de Ofertas Económicas (Sobre B); y ii) una vez publicado dicho documento, notificar a esta Dirección General en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentra cargado en el Portal Transaccional. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS C.recciól'IGcfi~III. Corltrotodoncs Públicas QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente Consorcio Electromecánica, S.A.S. (CESA); ii) al Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), y; iii) a la adjudicataria Grupo FOM, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona