Juan Antonio Moya de la Cruz · Riften Invesment, SRL
Socio o directivo de una empresa con señales graves
· hace 15 días
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Juan Antonio Moya de la Cruz · Riften Invesment, SRL
· hace 15 días
Jacielth Perez Ramirez · Riften Invesment, SRL
· hace 15 días
Lisa Franchesca Matos · Riften Invesment, SRL
· hace 15 días
| Proceso | Institución | Monto | Fecha | Estado |
|---|---|---|---|---|
| Confección y adquisición de zapatos escolares, para su distribución a los Centros Educativos Públicos durante los… | INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL | RD$15.5 millones | 4 abr de 2025 | Activo |
| Confección y adquisición de zapatos escolares, para su distribución a los Centros Educativos Públicos durante los… | INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR ESTUDIANTIL | RD$15.5 millones | 13 mar de 2025 | Cancelado |
| EQUIPAMIENTO DE TALLERES CON SERVICIOS CONEXOS EN CENTROS EDUCATIVOS A NIVEL NACIONAL – SEGUNDA ETAPA. | Oficina de Cooperación Internacional | RD$119.5 millones | 9 oct de 2024 | Activo |
| Adquisicion de pegamento intantaneo | Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santiago | RD$15,871 | 12 oct de 2021 | Activo |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acoge en cuanto a la forma el recurso jerárquico interpuesto por la razón social recurrente, por haber sido presentado conforme a las formalidades exigidas por la normativa aplicable. En cuanto al fondo, se acoge el pedimento de declarar la nulidad y revocar la Resolución Núm. 051/2024, al comprobarse que la misma carecía de motivación. Asimismo, respecto al pedimento de anular el Acta de Adjudicación No.…
Proceso: OCI-CCC-LPN-2024-0003 (EQUIPAMIENTO DE TALLERES CON SERVICIOS CONEXOS EN CENTROS EDUCATIVOS…)
Empresas: García Tejera & Asociados, SRL (presentó la acción)Riften Invesment, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el Recurso jerárquico presentado por la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L., contra la Resolución Núm. 051/2024 de fecha 29 de octubre de 2024 emitida por el Comité de Compras y Contrataciones de la Oficina de Cooperación Internacional (OCI) en respuesta a su recurso de impugnación, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. OCI-CCC-LPN-2024-0003, para el “equipamiento de talleres con servicios conexos en centros educativos a nivel nacional- segunda etapa”, Lote 8. por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: En cuanto a los pedimentos del recurrente: i. ACOGE el pedimento del recurrente que se declare la nulidad y se revoque la Resolución Núm. 051/2024 de fecha 29 de octubre de 2024, toda vez que pudo constatarse que la misma carece de motivación. ii. En cuanto al pedimento del recurrente que se anule el acta de adjudicación No. 011- 2024 de fecha 2 de octubre de 2024 en cuanto al Lote núm. 8, se DECLARA que queda subsumido tras la nulidad del procedimiento de que se trata, en virtud de lo indicado en la Resolución núm. Ref. RIC-0015-2025 emitida en fecha 6 de febrero de 2025. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente la razón social García Tejera & Asociados, S.R.L., ; ii) a la Oficina de Cooperación Internacional (OCI), y; iii) a la razón social Riften Investment, S.R.L., adjudicataria del Lote núm.8, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENA la remisión formal de la presente resolución: i) a la Contraloría General de la República y a su Unidad Antifraude; ii) a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana; iii) a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa; iv) al Ministerio de Educación (MINERD); al v) Ministerio de la Presidencia, y a la vi) Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), para que en el marco de sus roles y competencias puedan realizar las investigaciones que les asiste la ley y la Constitución, y tomar las medidas que correspondan. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona