Publicado el 21 jul de 2026Fechado el 20 jul de 202629 páginasEn el mensaje «INFORME DEFINITIVO DE EVALUACION DE OFERTA ECONOMICAS Y ACTA DE ADJUDICACION»
El Comité aprobó el informe económico y adjudicó el Lote 1 de la construcción del Politécnico Bávaro a José Enrique Fortuna Quiñones por RD$298,368,446.73. La oferta de Consorcio RYLCO & Asociados, de RD$298,336,070.61, fue declarada no conforme por incidencias técnicas en sus análisis de costos; el Lote 2 fue declarado desierto por falta de oferentes habilitados. El acta está fechada el 21 de julio de 2026 y lleva la referencia DIE-ADJ-008-2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica el Lote 1 por RD$298,368,446.73 y declara desierto el Lote 2, mientras que la ficha suministrada del portal indica que el proceso no es por lotes y muestra las ofertas registradas en RD$0 con estado pendiente. Podría tratarse de información del portal aún no actualizada; conviene verificar la publicación y trazabilidad de los resultados.
“Se adjudica a JOSE ENRIQUE FORTUNA QUIÑONES, para el lote 1 por el monto de DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS DOMINICANOS CON SETENTA Y TRES CENTAVOS (RD$ 298,368,446.73), ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 179 · Ley 47-25, art. 182 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 179 — Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas
Artículo 179.- Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas. Se crea e instituye el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas como herramienta tecnológica oficial y obligatoria para la implementación, gestión, monitoreo y control de los procedimientos de contratación pública, desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos. Párrafo I.- A través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá gestionarse y difundirse toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de contratación pública, con excepción de aquella considerada como reservada. Párrafo II.- El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas deberá contar con…
Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema
Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Oferta económica declarada no conforme por incidencias técnicas insubsanables en el Análisis de Costos Unitarios y el listado de insumos.