El acta rectifica la adjudicación inicial y aprueba la reevaluación ordenada tras el recurso de reconsideración de INGENIERÍA SHARP, S.R.L. Adjudica a esa empresa el lote único por RD$469,929,008.72, aunque registra a COCIVILCA, S.R.L. con una oferta de RD$469,928,714.59, RD$294.13 menor. También consigna que la corrección del ITBIS redujo las ofertas por debajo del límite inferior de RD$471,602,089.30 indicado para el rango del 10%.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta establece que la oferta más conveniente es la de menor precio, pero adjudica a INGENIERÍA SHARP por RD$469,929,008.72 cuando registra a COCIVILCA por RD$469,928,714.59, una diferencia de RD$294.13 menos. Es una discrepancia directa entre el criterio económico que el acta declara aplicar y el resultado adjudicado.
“Respecto al componente económico, se determina como oferta más conveniente aquella que presenta el menor precio para la institución, en observancia de los principios de eficiencia y economía que rigen la contratación pública. ADJUDICA a la ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
El acta muestra un límite inferior de RD$471,602,089.30 para el rango del 10%, pero adjudica a SHARP por RD$469,929,008.72, RD$1,673,080.58 por debajo. El documento reconoce que los ajustes redujeron las ofertas en más del 10% y que las justificaciones de precios no fueron determinantes para recomendar la adjudicación; corresponde verificar cómo se aplicó el rango previsto en el pliego.
“Monto (Rango del 10%: RD$576,402,553.58 a RD$471,602,089.30) ... No obstante, aunque se solicitó a los oferentes una justificación de precios, en aras de cumplir con el debido proceso, dicha información no constituye un elemento determinant”
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Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
CONSORCIO ENH INGENIERÍAEl acta registra que cumplió la evaluación técnica y económica.
Habilitado
Lote único
RD$469,929,009
INGENIERÍA SHARP, S.R.L.Adjudicataria del lote único; el acta registra cumplimiento y puntuación técnica de 95/100.
Adjudicado
Lote único
RD$469,929,009
COCIVILCA, S.R.L.El acta registra cumplimiento y puntuación técnica de 85/100; no resultó adjudicataria.
Habilitado
Lote único
RD$469,928,715
CONSORCIO ASCH INTEGRAEl acta registra que cumplió la evaluación técnica y económica.
Habilitado
Lote único
RD$563,761,103
José Enrique Fortuna QuiñonesFigura entre los participantes, pero el acta no consigna resultado de evaluación ni monto ofertado.
Mencionado
Lote único
—
CONSTRUCTORA CMG, S.R.L.Figura entre los participantes, pero no aparece entre las ofertas económicas evaluadas ni con resultado de habilitación o adjudicación en el acta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona