La Enmienda I, fechada el 10 de abril de 2026 y aprobada mediante Acta núm. 001-2/2026, modifica el pliego de la licitación MINERD-CCC-LPN-2026-0016. Fija el presupuesto referencial en RD$524,002,321.44, actualiza el cronograma con cierre de ofertas el 22 de abril y cambia requisitos documentales, metodologías de evaluación, reglas de adjudicación y condiciones de subcontratación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El texto exige acreditar cinco proyectos con partidas de construcción de obras similares en los últimos diez años. Para una obra con presupuesto referencial de RD$524,002,321.44, el umbral de experiencia merece revisión para determinar si guarda proporción con el objeto y si restringe la participación de contratistas técnicamente capaces.
“El Oferente/Proponente deberá acreditar una experiencia mínima de CINCO (5) PROYECTOS cuya ejecución han tenido partidas en construcción de obras similares, en los últimos DIEZ (10) años, anteriores a la fecha del presente llamado.”
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control de uniformidad y trazabilidad documental asociado al uso de formularios estandarizados; el texto no especifica cómo se verificará la información presentada en otro formato..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda exige una certificación bancaria y otra de crédito comercial para este procedimiento, cada una calculada sobre el presupuesto referencial: 30% equivale aproximadamente a RD$157,200,696.43 por certificación y 15% a RD$78,600,348.22. Por su cuantía y acumulación, conviene verificar su proporcionalidad respecto de la obra y el efecto sobre la concurrencia.
“Certificación de poseer disponibilidad de líneas de crédito de bancos comerciales establecidos en la República Dominicana por un monto no menor al 30% del presupuesto de referencia para consorcios/Personas Jurídicas y personas físicas y MIP”
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (8)
Sección
Antes
Después
Efecto
Presupuesto base y evaluación económicaPresupuesto referencial y rango para identificar ofertas no sustentables
Texto anterior del pliego, no reproducido en esta enmienda.
Fija el presupuesto en RD$524,002,321.44 y permite rechazar ofertas que lo superen o queden por debajo en más de 10%.
Aclara
Cronograma de actividadesFechas de consultas, ofertas, aperturas y formalización
Cronograma anterior del pliego, no reproducido en esta enmienda.
Establece cierre de ofertas el 22/04/2026 a las 12:00 m., apertura técnica el 23/04 y suscripción del contrato el 23/06/2026.
Neutral
Documentación financieraDisponibilidad de crédito exigida
Texto anterior del numeral 11.1, no reproducido en esta enmienda.
Exige certificación de línea de crédito bancaria y otra de crédito comercial para este procedimiento, cada una por al menos 30% del presupuesto para personas jurídicas/consorcios y 15% para personas físicas y MIPYMES.
Endurece
Documentación técnica y experienciaCredenciales de experiencia, personal y equipos
Texto anterior de los numerales modificados, no reproducido íntegramente en esta enmienda.
Incluye exigencias de experiencia en obras similares, personal profesional con experiencia mínima y documentación de respaldo, además de cronograma con recursos y listado de equipos.
Endurece
Metodología de evaluación técnica y económicaMetodología y criterios de evaluación
Metodología anterior de los puntos 12.1.2, 12.1.3 y 12.2, no reproducida íntegramente.
Define evaluación financiera cumple/no cumple, metodología técnica con puntaje mínimo de 70/100 y evaluación económica cumple/no cumple; describe la adjudicación con referencias tanto a relación calidad-precio y puntaje como a menor precio.
Neutral
Garantía de seriedad de ofertaMonto, vigencia y subsanabilidad
Texto anterior de los literales c y d, no reproducido en esta enmienda.
Fija la garantía en 1% de la oferta, con vigencia hasta el 23/06/2026; exime a MIPYMES y califica como no subsanable su falta o insuficiencia, con las excepciones allí indicadas.
Neutral
SubcontrataciónPorcentaje máximo y datos del subcontratista
Texto anterior del numeral 10, no reproducido en esta enmienda.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Permite subcontratar hasta 45% del monto de las tareas, o 50% si las subcontratadas son MIPYMES, con autorización previa y expresa e identificación de quienes suministrarían los bienes.
Neutral
Anexos y documentos estandarizadosEfecto de no presentar la oferta en los formularios anexos
Texto anterior del numeral 18, no reproducido en esta enmienda.
Indica que no presentar la oferta en alguno de los documentos estandarizados enumerados no será motivo de rechazo ni impedirá la evaluación.
RelajaQuita un control: Debilita el control de uniformidad y trazabilidad documental asociado al uso de formularios estandarizados; el texto no especifica cómo se verificará la información presentada en otro formato.