Adjudicación sin ponderación económica definida y a oferta más costosa
· hace 3 meses
El acta reconoce que la enmienda no fijó puntuación económica ni ponderaciones técnico-económicas, por lo que no podía obtenerse una puntuación final ponderada consistente; pese a ello, adjudica a SHARP por RD$469,929,008.72. COCIVILCA presentó RD$469,928,714.59, RD$294.13 menos, y la adjudicataria quedó por debajo del límite inferior del rango de 10% consignado en la evaluación (RD$471,602,089.30).
““No obstante, se verificó que el criterio establecido mediante la enmienda de fecha 14 de abril del 2026, producto de las observaciones contenidas en el punto 6 del monitoreo recibido en fecha 20 de marzo del 2026 realizado por el órgano re”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 114 · Reglamento 52-26, art. 116 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 114 — Criterios de adjudicación
Artículo 114.- Criterios de adjudicación. Los criterios de adjudicación constituyen las reglas generales a partir de las cuales se entiende una propuesta como la más conveniente. Deben ser establecidos de manera inequívoca en el pliego de condiciones. De conformidad con el contenido de la Ley núm. 47-25, pueden ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo: Según este criterio debe resultar adjudicada la oferta de menor costo atendiendo al…
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
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