Publicado el 7 jul de 2026Fechado el 5 jul de 202627 páginasEn el mensaje «Acta Núm. 0046 - 2026 Informe Definitivo INABIE-MAE-PEUR-2026-0002 Mochilas»
El Acta núm. 0046-2026, de 2026-07-06, aprueba el informe definitivo de evaluación técnica del proceso de urgencia INABIE-MAE-PEUR-2026-0002 y habilita 57 de los 95 participantes para la apertura de ofertas económicas; declara no habilitados a los otros 38. También ordena notificar la decisión, celebrar la apertura económica el 2026-07-07 y remitir a la DGCP y a otras autoridades determinados hallazgos de debida diligencia.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta no habilita a JF2H Suplidores Diversos por falta de evidencia de crédito comercial o bancario. Según las actas posteriores resumidas en el expediente, fue habilitado por reconsideración y adjudicado por RD$1,886,827.08; conviene revisar la base de la reconsideración y la continuidad del requisito financiero.
“JF2H SUPLIDORES DIVERSOS SRL [RNC] Documentación Financiera: No Cumple (no presentó y/o no subsanó: evidencia de disponibilidad de crédito comercial o bancario).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta ordena remitir a la DGCP y a otras autoridades los hallazgos que lo ameriten, incluidos los relacionados con alteración o manipulación de documentos. La tabla de no habilitación identifica a Confiservis, SRL con un hallazgo de esa clase; corresponde verificar el expediente y el resultado de las remisiones.
“El Comité de Compras y Contrataciones ORDENA remitir a la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) y a lasdemás autoridades competentes, para los fines que correspondan dentro del ámbito desus respectivas atribuciones, los”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 116 · Ley 47-25, art. 220 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 116 — Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas
Artículo 116.- Exclusión de oferentes por prácticas prohibidas. Los oferentes, en cualquier fase del procedimiento de selección, podrán ser excluidos cuando se compruebe que han incurrido en algunas de las prácticas prohibidas siguientes: 1) Cuando el o los oferentes se encuentre en el régimen de inhabilidades previsto en la presente ley o haya intentado eludirlo a través de maniobras; 2) Cuando el o los oferentes haya desarrollado prácticas o actuaciones tendentes a influenciar a las autoridades de la institución contratante, a fin de ser beneficiado directa o indirectamente; 3) Cuando el o los oferentes hayan ejercido actos o acuerdos nominados y sancionados por la ley sobre defensa de la…
Ley 47-25, artículo 220 — Resultados de la investigación
Artículo 220.- Resultados de la investigación. Concluida la investigación el funcionario o los funcionarios instructores deberán presentar una recomendación al director general de Contrataciones Públicas para que tome una o varias de las decisiones siguientes: 1) Disponga el archivo del expediente por no haberse identificado las irregularidades denunciadas o estas no ser invalidantes; 2) Decida la suspensión del procedimiento de contratación ante la gravedad de las irregularidades identificadas; 3) Inicie un procedimiento administrativo sancionador cuando sean identificadas faltas del proveedor que tengan como consecuencia sanciones administrativas previstas en la presente ley; 4) Comunique…
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$1.9 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: JF2H SUPLIDORES DIVERSOS SRL.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita la evidencia fotográfica documental sobre instalaciones y maquinaria; la visita técnica permanece como control alternativo..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El expediente refiere un informe justificativo de urgencia del 25 de febrero de 2026 y una declaratoria del 16 de marzo para bienes destinados al período escolar 2026-2027; la convocatoria se publicó el 23 de marzo. Por tratarse de una necesidad escolar estacional, es pertinente revisar la motivación completa y la planificación que sustentaron la excepción; estos datos por sí solos no prueban una demora indebida.
“Que mediante el Informe Pericial Justificativo de fecha veinticinco (25) de febrero de 2026, emitido por la Dirección de Servicios Estudiantiles, sejustificó la utilización del procedimiento de excepción por urgencia para”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 78 · Reglamento 52-26, art. 160 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 78 — Tipos de procedimientos de excepción
Artículo 78.- Tipos de procedimientos de excepción. Serán considerados como tipos de procedimiento de excepción los siguientes: 1) Emergencia. Las contrataciones, autorizadas a partir de un decreto presidencial, que se realicen en situaciones de emergencia, en todo o parte del territorio nacional, vinculadas a alteraciones graves de la normalidad, que se detallan a continuación: a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, sequías, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud; b) Crisis sanitarias, tales como pandemias, epidemias y situaciones de contaminación graves que afecten las vidas de las personas; c) Paralización de…
Reglamento 52-26, artículo 160 — Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia
Artículo 160.- Procedimiento de selección competitiva en situaciones de urgencia. En los casos de situaciones de urgencia, deben aplicarse las siguientes reglas particulares: 1. El procedimiento debe iniciar con una resolución motivada de la máxima autoridad de la institución, la cual debe sustentarse en un informe pericial que justifique el uso de la excepción. Esta resolución autoriza al Comité de Contrataciones Públicas a organizar, gestionar y ejecutar el procedimiento. 2. El Comité de Contrataciones Públicas aprueba el uso de la excepción con base en el alcance y contenido establecidos en el informe de justificación, así como en el pliego de condiciones aplicable al procedimiento. 3.…
Oferentes que registra (95)
57 habilitado · 37 no habilitado · 1 habilitado por vía extraordinaria
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
CANASTAS AMALIA S SRLEl acta indica que cumplió los requisitos legales, financieros y técnicos, y superó muestras, visita técnica y debida diligencia.
Evaluación técnica y documentación de la ofertaAusencia de sello o firma del oferente en documentos emitidos por entidades certificadoras
El acta no identifica una regla previa concreta del pliego para esos documentos.
La falta de sello o firma del oferente en documentos cuya autenticidad deriva de la entidad emisora se trata como omisión formal subsanable.
Relaja
Capacidad instalada y visita técnicaFotografías de áreas de producción y equipos
El pliego incluye fotografías de respaldo del Formulario de Capacidad Instalada entre los documentos requeridos.
Se admiten omisiones de fotografías de áreas o equipos cuando la visita, inspección o peritaje permita verificar objetivamente las condiciones y requisitos.
RelajaQuita un control: Se debilita la evidencia fotográfica documental sobre instalaciones y maquinaria; la visita técnica permanece como control alternativo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
JF2H SUPLIDORES DIVERSOS SRLEsta acta lo declara no habilitado por no presentar o subsanar evidencia de disponibilidad de crédito comercial o bancario. Según el resultado posterior de reconsideración consignado en el expediente, fue habilitado y adjudicado.
Habilitado por vía extraordinaria
Mochilas pequeñas y grandes
RD$1,886,827
MARKAPER SRLNo presentó o no subsanó la nómina de empleados de la TSS de los últimos doce meses.
No habilitado
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ELDRY COLON SRLNo presentó o no subsanó documentación legal y financiera indicada en el acta.
No habilitado
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ALEXIS INDUSTRIAL SRLNo presentó o no subsanó documentación legal y técnica, incluidas muestras y personal propuesto.
No habilitado
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FERROTEX INDUSTRIAL SRLNo presentó o no subsanó la nómina de empleados de la TSS de los últimos doce meses.
No habilitado
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ARTTIC SRLNo presentó o no subsanó documentación legal, financiera y técnica indicada en el acta.
No habilitado
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FLORIANO, SRLEl acta consigna incumplimientos documentales, falta de maquinaria requerida y capacidad de producción calculada en cero.
No habilitado
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CONFISERVIS SRLEl acta consigna incumplimientos documentales y técnicos, hallazgo de alteración o manipulación de documentos y desistimiento del representante durante la visita técnica por falta de capacidad de maquinaria.
No habilitado
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MARTROYLIN SRLNo presentó o no subsanó referencias de trabajos ejecutados y formulario de personal propuesto.
No habilitado
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GRUPO TEJIDO URBANO, SRLNo presentó o no subsanó documentación legal, financiera y técnica indicada en el acta.
CREACIONES FLERIDA SRLNo presentó o no subsanó facturas a clientes, evidencia de crédito y certificado de Registro Industrial de PROINDUSTRIA.
No habilitado
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IMPORTADORA Y SUPLIDORA VPS, SRLNo presentó o no subsanó la nómina de TSS, certificado de Registro Industrial, inventario de producto terminado y personal propuesto.
No habilitado
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CANADA INTERNACIONAL PRODUCT CIP SRLNo presentó o no subsanó documentos financieros y técnicos; la visita constató que no disponía de la máquina requerida y la producción calculada fue cero.
No habilitado
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ALLKNIT TEXTILES SRLNo presentó o no subsanó documentos legales; la visita técnica constató que no tenía la capacidad instalada requerida.
No habilitado
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D PAEZ XTREMO FASHION SRLLa visita técnica constató incumplimiento de capacidad instalada y la producción diaria calculada fue cero.
No habilitado
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FRIENDWARE TRADING SRLNo presentó o no subsanó documentación legal, financiera y técnica indicada en el acta.
LAUNDRY INDUSTRIAL DOMINICANA LID SRLNo presentó o no subsanó evidencia de crédito, nómina de TSS, referencias y certificado de Registro Industrial.
No habilitado
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MENDOZA ESPINAL & ASOCIADOS SRLNo presentó o no subsanó documentación legal, financiera y técnica; capacidad de producción calculada en cero.
No habilitado
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Z & S INDUSTRIAL SRLNo presentó o no subsanó documentos legales y técnicos indicados en el acta.
No habilitado
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ACQUARELLO SRLNo presentó o no subsanó documentación legal, financiera y técnica indicada en el acta.
No habilitado
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MATIC BLUE INVESTMENT SRLNo presentó o no subsanó documentación legal, financiera y técnica indicada en el acta.
No habilitado
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GLOOB SRLNo presentó o no subsanó documentación legal y financiera indicada en el acta.
No habilitado
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DE CAORMALI GOURMET SRLNo presentó o no subsanó documentos legales, financieros y técnicos indicados en el acta.
No habilitado
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OPTICA LA SOLUCION SRLNo presentó o no subsanó documentos legales, financieros y técnicos indicados en el acta.
No habilitado
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PCA SHOES, SRLNo presentó o no subsanó referencias de trabajos, inventario y certificado de Registro Industrial.
No habilitado
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NACHOS INDUSTRIAL, SRLNo presentó o no subsanó la entrega de muestras y el inventario de máquinas.
No habilitado
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GREGORIA DEL ROSARIO ORTIZ THENNo presentó el detalle de cantidades por ítem y tallas; las muestras no fueron conformes y la producción calculada fue cero.
No habilitado
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D LESKAM CONFECCIONES EIRLNo presentó o no subsanó certificado de Registro Industrial, formulario de muestras y personal propuesto.
No habilitado
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MAYORKA GROUP, SRLLa visita constató falta de maquinaria y espacio insuficiente; la producción diaria calculada fue cero.
SOSEKHO IMPORT, SRLNo presentó o no subsanó documentación legal, financiera y técnica indicada en el acta.
No habilitado
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INTERSUN, SRLNo presentó o no subsanó documentos financieros y técnicos; la visita constató una unidad productiva no operativa y producción calculada en cero.
No habilitado
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YINDA IMPORT, SRLNo presentó o no subsanó documentación legal, financiera y técnica indicada en el acta.
No habilitado
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PAR MULTISERVICES, SRLNo presentó o no subsanó documentación legal, financiera y técnica; muestras no conformes y producción calculada en cero.