La Circular núm. 0001, fechada el 14 de abril de 2026, responde consultas sobre el proceso INABIE-MAE-PEUR-2026-0002. Indica que se eliminó el formulario de personal propuesto mediante el Acta de Enmienda núm. 2026-0117 y establece para las MIPYMES un mínimo del 35 % de personal inscrito en la TSS; también niega la participación de distribuidores, aunque la respuesta identifica por error un proceso de poloshirts y pantalones escolares.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina el documento que identificaba al personal operativo asignado y permitía verificar su disponibilidad y funciones.; Se reduce el umbral de personal comprobable respecto de la nómina histórica solicitada; permanece un control basado en inscripción en TSS..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular responde sobre la participación de distribuidores, pero describe un proceso de poloshirts y pantalones, no el de mochilas y kits de útiles escolares. La afirmación de que solo pueden participar fabricantes nacionales podría confundir o restringir la elegibilidad si se aplica a este proceso; debe verificarse el alcance de la respuesta.
“El presente proceso de "Confección y adquisición de poloshirts y pantalones escolares, para ser distribuidos a los centros educativos públicos durante el periodo escolar 2026-2027, está dirigido a empresasde fabricación nacional",no”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Cambios que introduce (3)
Sección
Antes
Después
Efecto
Capacidad técnica y operativa — personal propuestoEliminación del formulario de personal propuesto
Se requería un formulario no subsanable con identificación del supervisor, personal de control de calidad y operadores de maquinarias.
La circular indica que el requisito fue eliminado mediante el Acta de Enmienda núm. 2026-0117.
RelajaQuita un control: Se elimina el documento que identificaba al personal operativo asignado y permitía verificar su disponibilidad y funciones.
Capacidad operativa de MIPYMESPersonal inscrito en la TSS
El pliego, según la consulta reproducida, requería nómina de TSS de los últimos 12 meses, validada frente al reporte de capacidad instalada.
La evaluación no se basará exclusivamente en la cantidad de personal y se incorpora un mínimo equivalente al 35 % del personal inscrito en la TSS para MIPYMES.
RelajaQuita un control: Se reduce el umbral de personal comprobable respecto de la nómina histórica solicitada; permanece un control basado en inscripción en TSS.
Participación de oferentesDistribuidores y fabricantes nacionales
La consulta solicitaba aclarar si podían participar distribuidores.
La circular afirma que no se permite la participación de distribuidores y que el proceso se dirige exclusivamente a empresas de fabricación nacional no acogidas al régimen de zonas francas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona