Enmienda aprobada después del cierre y apertura de ofertas
· hace 4 meses
El acta sitúa la aprobación a las 2:00 p. m. del 3 de junio, pero el cronograma mantiene la presentación de ofertas a las 10:00 y la apertura a las 10:30 de ese día, sin indicar una nueva fecha de recepción. La Ley prevé que una modificación posterior al 75 % del plazo de ofertas requiera extenderlo proporcionalmente y permitir nuevas preguntas sobre lo modificado; la secuencia consignada merece revisión por su posible efecto en la participación y la igualdad de trato.
“5 horas de tiempo transcurrido (3/6/2026 10:00:00(UTC-04:00) Georgetown, La Paz, Manaus, San Juan) | Apertura de la Oferta Técnica | 4 horas de tiempo transcurrido (3/6/2026 10:30:00(UTC-04:00) Georgetown, La Paz, Manaus, San Juan)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
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