La Resolución MIVHED/CCP/2026/093, de 2026-05-18, aprueba la Enmienda No. 3 del pliego de la licitación MIVHED-CCC-LPN-2026-0008. Entre otros cambios, reduce del 60% al 50% del presupuesto del lote la experiencia comparable mínima, modifica su ponderación y permite adjudicar hasta dos lotes por oferente, con posibilidad condicionada de lotes adicionales. También modifica la documentación técnica y traslada la entrega de documentos ambientales de la empresa de agregados a la etapa de la garantía de fiel cumplimiento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La Enmienda No. 3 (Resolución MIVHED/CCP/2026/093) reduce del 60% al 50% del presupuesto del lote el mínimo de experiencia comparable, elimina la carta de la institución contratante sobre situaciones económicas o legales y deja de exigir fecha actual en las certificaciones de obras privadas, y traslada la autorización ambiental y los informes de cumplimiento ambiental de la empresa de agregados desde la evaluación de ofertas a un requisito del adjudicatario junto con la garantía de fiel cumplimiento.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El pliego pasa de limitar la adjudicación a un lote por oferente a permitir hasta dos, además de contemplar lotes adicionales si no hay oferentes disponibles y se acredita otro equipo profesional. El cambio puede aumentar la concentración de lotes en un mismo proveedor; conviene verificar cómo se aplicará la asignación entre lotes y la capacidad simultánea acreditada.
“Los oferentes podrán participar para todos los lotes del proceso, sin embargo, con el fin de garantizar la finalización oportuna de las obras a ejecutarse, la adjudicación será limitada a un (1) lote por oferente. … Los Oferentes/Proponente”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (6)
Sección
Antes
Después
Efecto
11.1.3 Documentación técnica; experiencia como contratistaUmbral de experiencia comparable y contratos en curso
Los proyectos comparables debían ser iguales o superiores al 60% del presupuesto base del lote.
El umbral baja al 50% del presupuesto base del lote; se aceptan contratos en curso con al menos 50% de ejecución, vigentes y con seis meses mínimos desde el inicio, excluyendo contratos con el MIVHED.
RelajaQuita un control: Reduce el monto mínimo de experiencia acreditada para habilitación y admite experiencia parcialmente ejecutada.
11.1.3 Documentación técnica; validación de certificaciones de experienciaPruebas de experiencia en obras públicas y privadas
Para obras públicas se exigía carta actual de la institución contratante que indicara que no tenía situaciones económicas ni legales contra el Estado y confirmara entrega satisfactoria dentro del plazo; para obras privadas, la carta debía ser actual.
Se mantienen acta de recepción o finiquito y contrato legalizado; se elimina la carta adicional para obras públicas y deja de exigirse que las certificaciones de recepción de obras privadas tengan fecha actual.
RelajaQuita un control: Se suprime una verificación documental de entrega a tiempo y de situaciones económicas o legales, y se elimina la exigencia de actualidad para la certificación de obras privadas.
12.1.3 Metodología y criterios de evaluación; experienciaPuntuación de certificaciones de experiencia
La experiencia comparable otorgaba 20, 13 o 7 puntos según el número de certificaciones; se asignaban además hasta 5 puntos por certificaciones de entrega a tiempo.
La experiencia comparable otorga 25, 20 o 13 puntos según el número de certificaciones; la tabla modificada no conserva una puntuación separada por certificaciones de entrega a tiempo.
RelajaQuita un control: Desaparece de la ponderación explícita el indicador de cumplimiento oportuno de proyectos anteriores.
11.1.3 Documentación técnica y garantía de fiel cumplimientoDocumentación ambiental de la empresa de agregados
La autorización ambiental de la empresa proveedora de agregados y los Informes de Cumplimiento Ambiental de proyectos anteriores figuraban entre los documentos técnicos de la oferta.
La documentación técnica pasa a exigir ficha del hormigón asfáltico e información de la planta; la autorización ambiental y los informes de cumplimiento ambiental se requieren al adjudicatario junto con la garantía de fiel cumplimiento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
RelajaQuita un control: La verificación ambiental de la empresa de agregados se desplaza de la evaluación de ofertas a una etapa posterior a la adjudicación, aunque el documento sigue exigiéndola al adjudicatario.
12.1.5 Criterio de adjudicaciónLímite de lotes por oferente y adjudicación adicional
La adjudicación estaba limitada a un lote por oferente.
Un oferente puede recibir hasta dos lotes; si no hay oferentes disponibles para algún lote, puede considerarse para lotes adicionales si acredita un equipo profesional adicional e independiente.
Relaja
12.1.3 Metodología y criterios de evaluación; equiposEquipos mínimos requeridos
La lista incluía motoniveladora, rodillo compactador, retroexcavadora, camión cisterna, compactadores manuales, camiones volteo y mezcladoras de concreto.
Se añaden pavimentadora, rodillo compactador de doble tambor, rodillo neumático y camión distribuidor de emulsión asfáltica.