Publicado el 27 ene de 2026Fechado el 22 ene de 202672 páginasEn el mensaje «Informes rectificados (tecnicos y economicos), actas de aprobacion de informes rectificados y acta de adjudicacion rectificada.»
La Comisión de Peritos emitió el 23 de enero de 2026 un informe rectificativo de evaluación económica y recomendación para los lotes 2 al 10; la carta de remisión está fechada el 27 de enero. Recomienda adjudicar esos lotes por RD$1,984,083,466.25 en total y dejar desierto el lote 1. El informe registra una reevaluación que cambió a Yellow Ingenieros & Arquitectos de no habilitado a habilitado y la incluye como recomendada para el lote 8.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En la evaluación individual del lote 2 el informe dice que el monto corregido de Jorsa fue RD$103,720,969.91; el reporte de lugares ocupados y la recomendación consignan RD$105,993,220.14, diferencia de RD$2,272,250.23. El portal registra el contrato por el monto mayor, por lo que la divergencia repercute en el importe recomendado y contratado.
“el presentado por el oferente es de RDS103,720,969.95 y el corregido es de RDS103,720,969.91 con una diferencia de RDS-0.04… | 28 | CONSTRUCTORA JORSA, SRL | 2 | 103,720,969.5 | 105,993,220.14”
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Para el lote 9, el informe individual describe varios errores en sus análisis y concluye que no debe ser tomada en cuenta para recomendación; sin embargo, la tabla consolidada la marca como «CUMPLE» y el reporte la sitúa segunda. La discrepancia afecta la claridad del orden de prelación y podría incidir si se acude al oferente suplente.
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El apartado individual atribuye a Constructora Aguilera Quezada una corrección a RD$262,555,108.24, mientras que el reporte de lugares ocupados la coloca segunda con RD$274,535,861.92 y muestra otro monto presentado. La inconsistencia afecta la trazabilidad de la evaluación económica y el orden de prelación del lote, aunque no altera la recomendación de ganador consignada para ese lote.
“el presentado fue RDS273,284,368.39 y el corregido es RDS262,555,108.24… | 31 | CONSTRUCTORA AGUILERA QUEZADA, SRL | 2 | 274,397,634.35 | 274,535,861.92”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 132 — Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación
Artículo 132. Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de correcciones aritméticas de las ofertas económicas, emitirán el informe de evaluación económica que contendrá todo lo justificativo de su actuación, que se realizará con base en los parámetros definidos en el pliego de condiciones. En el informe se recomendará la adjudicación y se determinará el reporte de lugares ocupados por cada oferta. Luego de emitido el informe, deberá ser remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativo y Financiera, para su…
Oferentes que registra (11)
9 adjudicado · 2 suplente
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Constructora Jorsa, SRLRecomendada para el lote 2; el portal registra contrato por RD$105,993,220.
Infraestructura y Construcción Internacional INCI, SRLRecomendada para el lote 7; el informe contiene observaciones económicas que dicen que no debía ser considerada para recomendación, hallazgo ya registrado en el proceso.
Adjudicado
Lote 7
RD$187,939,693
Yellow Ingenieros & Arquitectos, SRLTras reevaluación, el informe cambia su estatus de no habilitado a habilitado y la recomienda para el lote 8.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 132 — Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación
Artículo 132. Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de correcciones aritméticas de las ofertas económicas, emitirán el informe de evaluación económica que contendrá todo lo justificativo de su actuación, que se realizará con base en los parámetros definidos en el pliego de condiciones. En el informe se recomendará la adjudicación y se determinará el reporte de lugares ocupados por cada oferta. Luego de emitido el informe, deberá ser remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativo y Financiera, para su…
Arquiconstrusa, SRLFigura en el reporte de lugares ocupados del lote 9 en segundo lugar, aunque el informe individual incluye observaciones que indican que no debía recomendarse.