Exclusión impugnada por posible discrepancia entre el lote y el cronograma
· hace 9 meses
CONSTRUVISA alega que el cronograma para el Lote V estaba incorporado en su Sobre A y que la identificación «IV» en el formulario fue un error mecanográfico. El documento adjunta un cronograma referido a la carretera Los Llanos, pero no acredita por sí solo que estuviera dentro de la oferta original; corresponde verificar el expediente físico y la decisión posterior del Comité.
“El Cronograma de Ejecución de Obras se encuentra �sicamente incorporado en nuestro Sobre A (Oferta Técnica), debidamente foliado y firmado … Si bien el Formulario de Presentación (SNCC.F.034) presenta un error mecanográfico indicando el”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Ley 340-06, artículo 8
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
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