La Resolución CEIZTUR-033-2025, fechada el 19 de noviembre de 2025, acoge en cuanto a la forma la impugnación presentada por Typhon Soluciones TYS, S.R.L. el 13 de octubre contra su no habilitación técnica. La declara inadmisible por pérdida sobrevenida de objeto, al consignar que el procedimiento fue cancelado mediante el Acta A.D.C. 2025-0005 antes de la adjudicación, sin examinar el fondo de la impugnación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
1 no habilitado
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| TYPHON SOLUCIONES TYS, S.R.L.El informe técnico citado la declaró no habilitada por no acreditar el mínimo de tres obras similares concluidas como contratista; la resolución declara inadmisible su impugnación por pérdida sobrevenida de objeto, sin revisar el fondo. | No habilitado | — | — |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona