La Circular No. 2, fechada únicamente en agosto de 2025, responde cinco consultas de la Licitación Pública Nacional CEIZTUR-CCC-LPN-2025-0002. Aclara espesores de asfaltado de 2 pulgadas en tramos ya asfaltados y de 3 pulgadas en tramos sin asfalto, acepta una póliza de seguros como garantía de seriedad, precisa el contenido de una certificación financiera y explica la regla de elegibilidad sobre adjudicaciones vigentes y actas de pre-recepción.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Especificaciones técnicas, partida 4.03 y 4.04Espesor del asfaltado según la condición actual de la vía | La consulta indica que hay documentos que establecen 2 pulgadas y otros 3 pulgadas, sin una definición uniforme. | Se dispone recapeo de 2 pulgadas sobre la vía asfaltada y asfaltado de 3 pulgadas en la parte no asfaltada, luego de preparar sub-base y base. | Aclara |
| Pliego, punto 36Modalidad de la garantía de seriedad de la oferta | El oferente pregunta si la póliza mencionada debe ser bancaria o emitida por una aseguradora. | La circular confirma que puede presentarse una póliza de seguros emitida por una entidad aseguradora. | Aclara |
| Documentos financieros, punto 5Contenido de la certificación financiera | La consulta pregunta qué entidad emite la certificación solicitada; el contenido específico no se reproduce en la circular. | Se indica que debe ser un documento oficial de una entidad financiera que acredite dinero disponible en cuentas o certificados financieros durante los últimos dos ejercicios contables. | Aclara |
| Metodología de evaluación, elegibilidad, numeral 38Participación con proyecto recibido provisionalmente | La circular remite al criterio del pliego: no tener adjudicaciones vigentes con CEIZTUR y, si la contratación concluyó, presentar acta de pre-recepción del proyecto. | Responde que sí puede participar quien tenga recepción provisional, conforme al criterio citado, que requiere acta de pre-recepción si la contratación concluyó. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona