La Circular No. 6, fechada el 26 de agosto de 2025, responde consultas de los oferentes de la licitación para reconstruir el camino de acceso a Playa Caleta. Entre otras precisiones, cambia a 3/8 pulgadas el agregado de la partida 4.05, detalla cómo documentar costos de una planta de asfalto propia y aclara cantidades y alcances de varias partidas. No decide habilitaciones ni adjudicaciones.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se dispensa el soporte documental de los costos operativos de la planta, sustituyéndolo por prueba de propiedad..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La circular remite las diferencias entre el listado, los planos y las especificaciones a una decisión que se consensuará con CEIZTUR, sin fijar cuál documento prevalece ni una regla objetiva de resolución. Esto puede producir interpretaciones distintas de las ofertas y afectar su comparación.
“En caso de existir diferencias entre el listado de partida, las medidas de los planos y las especificaciones técnicas, los oferentes deberán de informar al CEIZTUR para consensuar la decisión final con respecto a los mismos”
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
La circular confirma que el formulario de equipos y sus anexos deben entregarse con la oferta inicial, incluidos los respaldos de matrícula o compromiso de alquiler. Al tratarse de documentos que acreditan disponibilidad de equipos, corresponde verificar que la exclusión absoluta de subsanación sea compatible con la regla reglamentaria sobre documentos de credenciales subsanables cuando el requisito existía al presentar la oferta o era inherente a la capacidad.
“Conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, el Formulario de listado de equipo requerido (SNCC.F.036) y sus anexos no son subsanables. Esto implica que, junto con el formulario, deben presentarse en la oferta inicial los document”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · Reglamento 416-23, art. 121 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
Reglamento 416-23, artículo 121 — Condiciones para la subsanación
Artículo 121. Condiciones para la subsanación. Los peritos tomarán en consideración los aspectos subsanables y no subsanables indicados en el pliego de condiciones, considerando, además, que la oferta se ajusta sustancialmente a éste, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta y la mejore. Párrafo. Cuando un requisito no haya sido definido como si es subsanable o no, la ausencia del mismo ameritará un análisis por parte de los peritos para determinar sobre la posibilidad de que la…
Un oferente interesado afirma que suplidores consultados le informaron que no se fabrican tuberías de hormigón de 15 pulgadas, pero la respuesta mantiene esa dimensión según el listado y los planos. El documento no verifica la disponibilidad alegada; conviene comprobarla por su posible efecto en la competencia y en la ejecución.
“se nos ha informado que no se fabrican tuberías de hormigón de este diámetro, favor indicar cual sería el diámetro a presentar. … El oferente deberá presentar en su oferta tuberías de 15" CIII (ASTM C76) como se indica en el listado de part”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Cambios que introduce (10)
Sección
Antes
Después
Efecto
Partida 4.05Granulometría del agregado para riego de imprimación
El listado de partidas indicaba gravilla de 3/16 pulgadas.
Se enmienda el listado de partidas para permitir gravilla de 3/8 pulgadas.
Relaja
Partida 15.06Longitud del encamisado del filtrante
La descripción no precisaba expresamente en la respuesta la cantidad de encamisado; la consulta menciona 80 pies de perforación y el plano 20 pies bajo el nivel freático.
Para el proceso se considera un tubo de encamisado de 20 pies, conforme a la descripción de la partida.
Aclara
Costeo de capa de rodadura con planta de asfalto propiaSoporte documental de costos
No se precisaba cómo respaldar los precios si el oferente tenía planta propia.
Se requieren cotizaciones para insumos y agregados; los costos operativos no requieren soporte si se demuestra la propiedad de la planta, y también debe acreditarse la propiedad de los equipos propios.
RelajaQuita un control: Se dispensa el soporte documental de los costos operativos de la planta, sustituyéndolo por prueba de propiedad.
Acarreo de materialesDistancia de la mina
El listado de partidas consignaba distancias de acarreo de referencia.
Se admite una mina ubicada a menor distancia que la indicada en el listado de partidas.
Relaja
Suministro de asfaltoOrigen y distancia de acarreo
No se precisaba si el asfalto podía suministrarse desde cualquier punto del país.
Se admite suministro desde cualquier punto del país si se cumplen los parámetros de temperatura al llegar; no se reconocen distancias ni precios de acarreo superiores a los incluidos en la oferta.
Relaja
Partidas 19.01 y alcance de cunetasLimpieza y reacondicionamiento
La expresión podía interpretarse como limpieza con distintos métodos o como reparación y reconstrucción de tramos.
El alcance se limita a remover sedimentos y malezas que obstruyan las cunetas; no comprende reparación ni reconstrucción.
Aclara
Documentos técnicos y planosResolución de discrepancias entre documentos
La circular no establecía cómo proceder ante diferencias entre el listado de partidas, los planos y las especificaciones.
Los oferentes deben informar al CEIZTUR para consensuar la decisión final sobre las diferencias.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…