El informe, emitido el 7 de julio de 2025, evalúa económicamente las ofertas de la licitación MICM-CCC-LPN-2025-0002 y recomienda adjudicar por ítem RD$4,195,000.00 a Suplidora Hawaii, SRL; RD$14,033,976.00 a Inversiones Qtek, SRL; y RD$4,949,982.00 a Grupo Continental Ferrero, SRL. El total recomendado asciende a RD$23,178,958.00, impuestos incluidos; el documento indica que las ofertas económicas evaluadas cumplen.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
En el renglón del ítem 3 de Empresas Integradas, el precio final unitario consignado es RD$1,208.62; multiplicado por 6,000 unidades da RD$7,251,720.00, pero el total indicado es RD$7,251,690.00. La diferencia de RD$30.00 no cambia la recomendación de adjudicación que presenta el informe, pero conviene cotejarla con el formulario económico original y la evaluación aritmética.
“1,024.25 184.37 1,208,62 7,251,690.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 128 · Reglamento 416-23, art. 129 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 128 — Evaluación de las ofertas económicas
Artículo 128. Evaluación de las ofertas económicas. Atendiendo al sistema de evaluación determinado en el pliego de condiciones y con apego irrestricto a los criterios de evaluación establecidos en este, los peritos responsables de evaluar las ofertas económicas procederán a la misma y dejarán constancia de sus ponderaciones y resultados en un informe de evaluación.
Artículo 129. Correcciones aritméticas. La corrección de errores aritméticos será aplicada por los peritos y se hará de la siguiente manera: 1. Si existiere una discrepancia entre una cantidad parcial y la cantidad total obtenida multiplicando las cantidades parciales, prevalecerá la cantidad parcial y el total será corregido. 2. Si la discrepancia resulta de un error de suma o resta, se procederá de igual manera; esto es, prevaleciendo las cantidades parciales y corrigiendo los totales. 3. Si existiere una discrepancia entre letras y números, prevalecerá el monto expresado en letras. Párrafo I. En caso de que no se indique si el precio ofertado incluye ITBIS, se solicitará aclaración del…
El informe consigna que Serd-Net, SRL digitó en el SECP un precio para el ítem 2, para el cual no presentó oferta técnica, por lo que el sistema refleja RD$41,654,000.00 frente a los RD$13,334,000.00 de su formulario. El informe aplica el art. 115, párrafo IV, del Reglamento 416-23 (prevalece el formulario) y evalúa a la empresa solo por el ítem 3, por RD$9,204,000.00, sin efecto en la adjudicación.
“en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas presenta el precio unitario antes de UBIS de RD$4,000.00 para el ITEM 2 inclusive, ITEM para el cual, según la documentación técnica previamente evaluada no presentó oferta, razón por la ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 115 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 115 — Recepción de propuestas
Artículo 115. Recepción de propuestas. Las ofertas podrán ser recibidas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en el cual, de forma automática, se registra la fecha y hora de la recepción, manteniéndose encriptadas, sin posibilidad de que se conozca su contenido hasta que la institución contratante realice la apertura, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades previsto en el pliego de condiciones. Párrafo I. Cuando se trate de ofertas en formato o soporte papel, podrán ser recibidas desde el día de la convocatoria hasta el día y la hora fijados como plazo máximo para la presentación de las ofertas. En estos casos, la Unidad Operativa de Compras y…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$4.2 millones
En el cuadro comparativo, el ítem 1 muestra una oferta de RD$4,195,000.00, correspondiente a Suplidora Hawaii, y el informe recomienda adjudicárselo. La presencia de un solo precio para ese ítem reduce la comparación competitiva documentada en esta evaluación; amerita revisar el alcance de la participación y las causas por las que no aparecen otras ofertas económicas para el renglón.
“ITEM 1.Hornos para Producción de Casabe ... Suplidora Hawaii, SRL 4,195,000.00”
Posible explicación normal: puede tratarse del procedimiento de control funcionando.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (9)
9 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Serd-Net, SRLLa oferta económica cumple para el ítem 3; el informe consigna que recomendó adjudicar el ítem a otro oferente.
Mencionado
Ítem 3; el documento también consigna un total de oferta de RD$13,334,000.00.
RD$13,334,000
Zadesa, SRLLa oferta económica cumple para los ítems 2 y 3; no figura entre los recomendados para adjudicación.
Mencionado
Ítems 2 y 3
RD$24,482,640
Grupo Continental Ferrero, SRLLa oferta económica cumple y el informe recomienda adjudicarle el ítem 3 por RD$4,949,982.00; se trata de una recomendación, no del acto de adjudicación.
Mencionado
Ítems 2 y 3; recomendado para el ítem 3
RD$24,149,951
Suplidora Hawaii, SRLLa oferta económica cumple y el informe recomienda adjudicarle el ítem 1 por RD$4,195,000.00; se trata de una recomendación, no del acto de adjudicación.
Mencionado
Ítem 1; recomendado para adjudicación
RD$20,868,400
CIADOM, SRLLa oferta económica cumple para los ítems 2 y 3; no figura entre los recomendados para adjudicación.
Mencionado
Ítems 2 y 3
RD$21,608,160
Inversiones Qtek, SRLLa oferta económica cumple y el informe recomienda adjudicarle el ítem 2 por RD$14,033,976.00; se trata de una recomendación, no del acto de adjudicación.
Mencionado
Ítems 2 y 3; recomendado para el ítem 2
RD$19,067,998
Empresas Integradas, SASLa oferta económica cumple para los ítems 2 y 3; no figura entre los recomendados para adjudicación.
Mencionado
Ítems 2 y 3
RD$28,852,770
Celna Enterprises, SRLEl documento la denomina «Ceina Enterprises» y consigna que su oferta económica cumple para el ítem 3; no figura entre los recomendados para adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona