Garantía de Serd-Net emitida a favor de otra institución
· hace 1 año
La circular consigna que la garantía de Serd-Net nombraba como beneficiario exclusivo al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y pide subsanarla como error material. Conviene verificar si la corrección mantuvo cobertura efectiva y oportuna a favor del MICM; el documento no establece que la subsanación se completara ni su resultado.
“La Garantía de Seriedad de la Oferta emitida por Midas Seguros, SA, del proceso en curso, fue emitida a favor y en beneficio exclusivo del MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL, por lo que, al tratarse este de un error material, s”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 195 · Reglamento 416-23, art. 198 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 195 — Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta
Artículo 195. Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. Es aquella que se constituye a favor del ente u órgano contratante, a fin de asegurar el mantenimiento y seriedad de las condiciones técnicas y precios de la propuesta presentada, hasta la suscripción del contrato. Párrafo. En los sorteos de obras, subasta inversa y en los procedimientos de excepción por selección directa no se solicitará presentación de garantía de mantenimiento de seriedad de la oferta. En los casos de emergencia nacional, las instituciones contratantes determinarán la razonabilidad de requerir o no este tipo de garantía, considerando el tiempo otorgado entre la convocatoria, la presentación de oferta y la…
Reglamento 416-23, artículo 198 — Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 198. Subsanación de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. Si la garantía de seriedad de oferta contiene errores materiales o en la moneda solicitada, se podrá solicitar al oferente que realice las correcciones necesarias, siguiendo el procedimiento establecido en el presente reglamento y dentro del plazo especificado en el pliego de condiciones del procedimiento, el cual no puede ser inferior a un (1) día hábil ni superior a cinco (5) días hábiles. La oferta del proponente que no subsane la garantía dentro del plazo establecido podrá ser desestimada sin más trámite.
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