DEKOLOR, S.R.L. presentó el 11 de julio de 2025 un recurso de reconsideración contra la Resolución núm. 036-2025 y otros actos del INTRANT, y solicitó suspender el proceso, revocar o modificar el pliego y cancelar la licitación. El escrito sostiene que persisten restricciones a la competencia y deficiencias en el alcance técnico, pero esas afirmaciones son alegatos de la recurrente, no conclusiones del documento. También transcribe una orden judicial de suspensión de 7 de julio y afirma que después el INTRANT extendió el plazo para ofertas; no contiene decisión sobre este recurso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
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El escrito transcribe que el tribunal ordenó suspender el proceso hasta decidir el fondo del amparo y sostiene que, después, el INTRANT extendió el plazo de ofertas en vez de detenerlo. El portal registra posteriormente el proceso como adjudicado y celebrado y un contrato activo con Consorcio Mobility ID; como la secuencia posterior y sus efectos requieren cotejo con las decisiones judiciales y administrativas completas, corresponde verificarla sin dar por establecida la infracción alegada.
“Se acoge la solicitud plateada por la parte accionante, DEKOLOR C POR A, de que sea ordenada la suspensión del proceso de selección de contratistas llevado cabo por el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), en el p”
DEKOLOR, S.R.L.Recurrente e interesada en participar; presentó el recurso de reconsideración y solicitó suspender y cancelar o modificar el proceso. El escrito no determina su habilitación ni adjudicación.
Mencionado
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SERTRACEN CARIBE, S.A.S.Identificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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GSI International, INC.Identificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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Ultra Tech, INC.Identificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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Mühlbauer High Tech InternationalIdentificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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Alta Tecnología, S.A.Identificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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Digitally Signed (GSI)Identificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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Innovatrics, S.R.L.Identificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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Integrated BiometricsIdentificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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IQTEK Solutions, S.R.L.Identificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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CETIS D.D.Identificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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Identificaciones JMB, S.R.L.Identificada en el escrito entre las empresas que formularon observaciones al pliego; no se establece que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.
Mencionado
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MIDAS DOMINICANASMencionada por la recurrente como empresa que habría formulado observaciones sobre la puntuación por consorciarse; el escrito no determina que presentara oferta ni su habilitación o adjudicación.