La fe de errata, fechada el 30 de junio de 2025, incorpora a la Enmienda núm. 004-2025 que los documentos corporativos y financieros podrán presentarse sin apostilla con la oferta, pero el adjudicatario deberá apostillarlos antes de suscribir el contrato. También precisa que el adjudicatario deberá garantizar durante la ejecución un plan de ajuste a los estándares de compatibilidad de la OGTIC.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se difiere la verificación de autenticidad formal mediante apostilla de documentos corporativos y financieros hasta después de seleccionar al adjudicatario..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La fe de errata incorpora un plan de ajuste a los estándares de la OGTIC; según el cronograma del portal, las ofertas vencían el 11 de julio, once días calendario después de la fecha del documento. La fe no precisa el alcance, los hitos ni cómo se verificará el plan, por lo que cabe revisar si ese plazo permitió preparar ofertas comparables y si el requisito quedó definido en las bases.
“El oferente que resulte adjudicatario: Durante la fase de ejecución contractual deberá garantizar un plan de ajuste a los estándares y requisitos de compatibilidad para la infraestructura gubernamental, conforme a las exigencias de la Ofici”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Cambios que introduce (2)
Sección
Antes
Después
Efecto
Enmienda Núm. 004-2025 — documentación corporativa y financieraMomento de presentación de apostillas
La fe de errata no reproduce una regla anterior sobre la apostilla de estos documentos.
Se admiten documentos sin apostilla con la oferta; el adjudicatario debe apostillarlos después de la adjudicación y antes de la firma del contrato. Si no cumple, se adjudicará al siguiente según el orden de mérito.
RelajaQuita un control: Se difiere la verificación de autenticidad formal mediante apostilla de documentos corporativos y financieros hasta después de seleccionar al adjudicatario.
Enmienda Núm. 004-2025 — compatibilidad tecnológicaPlan de ajuste a estándares de infraestructura gubernamental
La fe de errata no identifica una obligación previa concreta sobre este plan.
El adjudicatario deberá garantizar durante la ejecución contractual un plan de ajuste a los estándares y requisitos de compatibilidad de la OGTIC.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona