El informe preliminar de evaluación técnica, fechado el 21 de febrero de 2025, recomienda habilitar a CINCE, SRL y Constructora CMG, SRL para la apertura económica, descalificar a diez oferentes y solicitar subsanaciones a siete. Registra que Procitrom, SRL queda descalificada por proponer una ejecución menor de 30 días, conforme al límite de duración establecido en el pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe aplica la descalificación a Procitrom porque su cronograma preveía terminar en menos de 30 días, aunque el pliego permite como máximo tres meses y fija un mínimo de un mes. Conviene verificar el sustento técnico del mínimo, pues opera como barrera para ofertas con plazos de ejecución más cortos.
“La culminación de la obra en un plazo menor a 1 mes y superior a 3 meses será DESCALIFICADA. … El oferente PROCITROM, SRL RNC RPE 21690 queda descalificado por presentar cronograma con culminación de obra menor de 30 días.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
CONSTRUCTORA CMG, SRLCumplió los requerimientos legales, financieros y técnicos; obtuvo 50/70 puntos y no tiene documentación a subsanar.
Habilitado
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CONSTRUCTORA FAINCA, SRLDebe subsanar la constancia de estar al día con la DGII y copia registrada de los estatutos sociales.
Mencionado
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CONSTRUCTORA HPP, SRLObtuvo 24.93/70 puntos, inferior al mínimo establecido, por una condición considerada no subsanable.
Descalificado
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CONSTRUCTORA VIASAN & ASOCIADOS, SRLSe recomienda subsanar la constancia de estar al día con la DGII; el cuadro consolidado califica ese aspecto como no subsanable.
Mencionado
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CQ CONSTRUCCIONES, SRLObtuvo 33.08/70 puntos, inferior al mínimo establecido, por una condición considerada no subsanable.
Descalificado
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FANCONI GROUP, SRLDebe subsanar la constancia de estar al día con la DGII y actualizar su RNC en SIGEF.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
IMBERT, LUNA & ASOCIADOS, SRL
Debe subsanar el formulario SNCC.F.034, que hacía referencia a otra modalidad y no indicaba el compromiso ni el porcentaje de la garantía de fiel cumplimiento.
Mencionado
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IMSEI GROUP, SRLPresentó la oferta económica dentro del Sobre A; el informe indica que así quedó expuesta antes de la fase correspondiente.