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Circular

CIRCULAR DE RESPUESTAS CAID-CCC-CP-2025-0001.pdf

Acondicionamiento civiles de espacios intervenidos con sistema de climatización CAID Santo Domingo Oeste · Centro de Atención Integral para la Discapacidad

Publicado el 11 feb de 2025Fechado el 10 feb de 20254 páginasEn el mensaje «Circular de respuesta a oferentes»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso CAID-CCC-CP-2025-0001

Lo que dice

La Circular núm. 0001, de 2025-02-11, responde consultas sobre el proceso CAID-CCC-CP-2025-0001 y precisa requisitos de experiencia, criterios del plan de trabajo y cronograma, además de especificaciones de partidas civiles. También aclara que la visita técnica no es obligatoria y que el análisis de precios unitarios puede incluirse si el oferente lo considera necesario.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

La circular concreta una restricción de experiencia de cinco años

Documento del 11 feb 2025 · hace 1 año

La respuesta limita las certificaciones a trabajos similares o afines realizados en los últimos cinco años y establece la descalificación si no se cumplen todos los criterios. Conviene verificar que ese límite estuviera definido en el pliego y que su precisión en una circular no alterara las condiciones de participación.

“Correcto, trabajos realizados en los últimos cinco años similares o afines a los que deberá realizar en este proceso. Sino cumple con todos los criterios será descalificado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas

Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…

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A revisarHallazgo en documentos

La institución asume un riesgo de variación del plazo sin mayor delimitación

Documento del 11 feb 2025 · hace 1 año

La circular afirma que el tiempo de ejecución puede variar por imprevistos y que ese riesgo lo asume la institución, pero no delimita el alcance ni cómo se reflejaría en la ejecución contractual. Conviene verificar que la asignación del riesgo y sus efectos sobre plazos y costos queden definidos en los documentos contractuales.

“NO HABRÁ TRABAJOS CONJUNTOS PROGRAMADOS, por esta razón no interfieren los cronogramas, solo pueden variar en el tiempo de ejecución, si ocurren imprevistos, pero ese riesgo lo asume la institución.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

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Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato

Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…

A revisarHallazgo en documentos

Precisiones técnicas emitidas dos días antes del cierre de ofertas

Documento del 11 feb 2025 · hace 1 año

La circular está fechada el 11 de febrero y, según el cronograma del proceso, las ofertas se recibían hasta el 13 de febrero. En ese intervalo se detallaron dimensiones, materiales y cantidades aproximadas de partidas, lo que merece comprobar si los oferentes tuvieron tiempo suficiente para ajustar y cotizar sus propuestas.

“Respuesta: La fascia será de tipo perimetral en cada espacio interior, con dimensiones de 0.30m de ancho por 0.10m de grosor y 0.15m de separación del plafón.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 18 · Ley 340-06, art. 20 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 18

ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…

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Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

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ContextoHallazgo en documentos

Análisis de precios unitarios dejado a discreción del oferente

Documento del 11 feb 2025 · hace 1 año

La circular permite que cada oferente decida si incluye el análisis de precios unitarios. Esa discreción puede producir desgloses económicos no uniformes y dificultar la comparación o verificación de costos de la obra; conviene comprobar cómo se evaluaron las ofertas económicas.

“12-RESPUESTA: si lo cree necesario, puede incluirlo.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

Cambios que introduce (4)

SecciónAntesDespuésEfecto
Experiencia en trabajos similaresAntigüedad de las certificaciones de experienciaEl pliego requería experiencia en trabajos similares, pero la consulta indica que no precisaba el período ni las características de similitud.La circular precisa que deben ser trabajos similares o afines realizados en los últimos cinco años y que no cumplir todos los criterios implica descalificación.Endurece
Visita técnicaCarácter obligatorio de la visitaLa consulta indica que la visita de levantamiento era obligatoria según el pliego.La circular responde que la visita no es obligatoria y que no hay otra fecha disponible.Relaja
Especificaciones técnicasDimensiones, materiales y acabados de partidasVarias partidas consultadas no tenían en la documentación señalada por los oferentes dimensiones o materiales suficientemente definidos.La circular precisa, entre otros detalles, fascias de 0.30 m de ancho, plafón de vinyl yeso de 2'x4”, pintura de calidad superior y acarreo de hasta 35 m.Aclara
Evaluación técnica y oferta económicaPlan de trabajo, cronograma y análisis de precios unitariosEl pliego asignaba puntos al plan de trabajo y al cronograma; no exigía análisis de precios unitarios, según la consulta.La circular indica que se evaluarán el orden lógico de actividades, rendimientos y logística, y que el oferente puede incluir análisis de precios unitarios si lo estima necesario.Aclara

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • 3.1. Compromiso ético CAID-CCC-CP-2024-0001.pdfDocumento · 4 feb de 2025
  • 4.1. Acta de Inicio 2025 CAID-CCC-CP-2025-0001.pdfActa · 4 feb de 2025
  • 5. Modelo de contrato CAID-CCC-CP-2025-0001.docxContrato · 4 feb de 2025
  • Pliego de Condiciones.pdfPliego · 4 feb de 2025 · 4 señales
  • 4.1. Acta de Inicio 2025 CAID-CCC-CP-2025-0001.pdfPliego · 4 feb de 2025
  • Acta de enmienda CAID-CCC-CP-2025-0001.pdfEnmienda · 11 feb de 2025 · 1 señal
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