Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Esta Dirección General, en cuanto al fondo, el recurso jerárquico presentado por la razón social Comercializadora de la Construcción Rosario, S.R.L., toda vez que no se constató la falta de motivación y agravante conforme los alegatos de la recurrente, ni las transgresiones al principio de juridicidad y buena administración, así como tampoco se constató la omisión de considerar a todos los oferentes habilitados ni…
Procesos: MIVHED-MAE-PEEN-2023-0001 (ADQUISICIÓN DE MATERIALES PARA AYUDA HUMANITARIA, RESCATE Y…)MIVED/CCC/RL/001/2024
Empresas: Argentra Intercomercial, SRLComercializadora de la Construcción Rosario P, SRLFerreteria Popular, SRLGrupo Biserici, SRLGrupo Ontauro, SRLHermosillo Comercial, SRLy 6 más
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Comercializadora de la Construcción Rosario, S.R.L., en contra de la Resolución MIVED/CCC/RL/001/2024 de fecha 8 de enero de 2024, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), en respuesta a su recurso de impugnación presentado en el marco del procedimiento de Excepción por Emergencia Nacional Núm. MIVHED-MAE-PEEN-2023-0001, llevado a cabo para la “Adquisición de materiales de construcción para ser utilizados en las labores de ayudas humanitarias, rescate, construcción y reconstrucción de las obras como consecuencia de los daños ocasionados por los torrenciales aguaceros, tormentas eléctricas y ráfagas de viento provocados por el paso del fenómeno atmosférico a nivel nacional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 585-23”, por haber sido interpuesto de acuerdo a las formalidades requeridas en la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo, el recurso jerárquico presentado por la razón social Comercializadora de la Construcción Rosario, S.R.L., toda vez que no se constató la falta de motivación y agravante conforme los alegatos de la recurrente, ni las transgresiones al principio de juridicidad y buena administración, así como tampoco se constató la omisión de considerar a todos los oferentes habilitados ni la existencia de incoherencias en los informes y resoluciones mencionados, tal y como se indicó en el párrafo 94 de la presente Resolución. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el presente caso, a saber: i) la recurrente, razón social Comercializadora de la Construcción Rosario, S.R.L.; ii) a la institución contratante, Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED); y a las adjudicatarias razones sociales: iii) Grupo Biserici, S.R.L.; iv) Santinis Investments, S.R.L.; v) Hermosillo Comercial, S.R.L.; vi) Inversiones Qtek, S.R.L.; vii) Topicverse, S.R.L.; viii) Proyectos de Ingeniería y Edificaciones Melo Scarfullery, S.R.L.; ix) Inmobiad, S.R.L.; x) Ferretería Popular, S.R.L.; xi) Argentra Intercomercial, S.R.L.; xii) Grupo Ontauro, S.R.L.; y xiii) Marenas, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Proceso: PASP-CCC-LPN-2018-0006 (ADQUISICION DE ALIMENTOS CRUDOS Y BEBIDAS ALCOHÓLICAS OPERATIVO…)
Empresas: Suma Solutions Investment, SRL (presentó la acción)Alduva Inversiones, SRLArgentra Intercomercial, SRLCasa Paco, SACelna Enterprises, SRLComercial Corazón, SRLy 26 más
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión invocado la razón social GLA, S.R.L debido a que como lo recurrido fue el pliego de condiciones, existen otras acciones legales que se pueden derivar de este recurso jerárquico, como fue planteado en los párrafos 43 al 46 de esta Resolución. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social Suma Solutions Investment, S.R.L. contra el acto administrativo sin número, de fecha 7 de septiembre de 2018, dictado por el Comité de Compras y Contrataciones del Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP) en el marco del procedimiento por Licitación Pública Nacional Núm. PASP-CCC-LPN-2018-0006, para la “Adquisición de alimentos crudos y bebidas alcohólicas operativo navideño 2018” por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico presentado por la razón social Suma Solutions Investment, S.R.L. RECHAZAR sus pedimentos sobre revocar la Resolución s/n de fecha 07 de septiembre del 2018, debido a que las disposiciones sobre el porcentaje de bienes adjudicados cumplen con el principio de razonabilidad y no fueron contrarias a los demás principios expuestos; además porque esta Dirección no es competente para enmendar el pliego de condiciones, a partir del criterio de descentralización de la gestión operativa, consagrado en el artículo 34 de la Ley, como fue expuesto en el párrafo 73 de esta Resolución. CUARTO: DECLARAR que en el procedimiento por procedimiento por Licitación Pública Nacional Núm. PASP-CCC-LPN-2018-0006, para la “Adquisición de alimentos crudos y bebidas alcohólicas operativo navideño 2018”, se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 74 y 76 y que sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. QUINTO: RECOMENDAR a la directora del PASP, que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, y al Comité de Compras y Contrataciones que participen en talleres de República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial talleres sobre elaboración de pliego de condiciones, y enmiendas, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y su modificaciones, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, y obras. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social Suma Solutions Investment, S.R.L. y al Plan Social de la Presidencia, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a los adjudicatarios; 1) K Supplies, S.R.L; 2) Mercasid, S.A; 3) Forli Import, S.R.L.; 4) Inversiones Fedomar, S.R.L.; 5) PG Comercial, S.R.L. 6) Empresas Integradas, S.A.S S.R.L.; 7) GLA, S.R.L..; 8) Santinis Investents, S.R.L.: 9) Grupo Camp, S.R.L.,10) Comercial Corazón, S.R.L 11) Alduva Inversiones, S.R.L; 12) Casa Paco, S.R.L. 13) Isidro Bordas, S.A. 14) Novaterra Servicios Comerciales, S.R..; 15) J. Rafael Núñez, S.R.L. 16) Factoría de Arroz Luis Martínez, S.R.L 17) Peravia Industrial, S.R.L; 18) PC Pagolas Comerciales, S.R.L.: 19) Comercializadora Lanipse, S.R.L.y 20) Inversiones Solugama, S.R.L, 21) Multiservicios Hermes, S.R.L.S.R.L; 22) Inversiones Supligensa, S.R.L. 23) Inversiones Yang, S.R.L. 24) Argentra Intercomercial, S.R.L..; 25) Neoagro, S.R.L. 26) Tecnología Vidosa, S.R.L..; 27) Oakmont Development, S.R.L. 28) R&P Provisoluciones, S.R.L 29) Topicverse, S.R.L; 30) Celna Enterprises, S.R.L.; y 31) Laboratorios TECE, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do OCTAVO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto la razón social Proveedora de Bienes y Servicios HC PROBISER, S.R.L., con relación al procedimiento de Licitación Pública Nacional No. PASP-LPN-001-2015 llevado a cabo por el Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP) para “compra de artículos comestibles”, por haber sido interpuestos conforme a los plazos y las formalidades establecidas en el…
Proceso: PASP-LPN-001-2015
Empresas: PROVEEDORA DE BIENES Y SERVICIOS HC PROBISER, SRL (presentó la acción)Briquetas Nacionales, SRLCaribbean Food Supply, S.R.L.Casa Paco, SACompañía de Inversiones Dumfries, SRLEmpresas Integradas, SASy 14 más
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto la razón social Proveedora de Bienes y Servicios HC PROBISER, S.R.L., con relación al procedimiento de Licitación Pública Nacional No. PASP-LPN-001-2015 llevado a cabo por el Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP) para “compra de artículos comestibles”, por haber sido interpuestos conforme a los plazos y las formalidades establecidas en el artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto fondo el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Proveedora de Bienes y Servicios HC PROBISER, S.R.L., respecto a reconocer la ilegalidad del procedimiento por haber establecido en el pliego de condiciones que los productos deben contener una etiqueta de “prohibida su venta”, toda vez que, conforme indicado en el considerando 143, se comprueba que la recurrente no agotó las fases procedimentales para llevar a cabo su reclamación al pliego de condiciones, sino después de dar aquiescencia y presentar ofertas, y por lo tanto, sus alegatos no tienen mérito y son extemporáneos. TERCERO: DECLARAR que en el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. PASP-LPN- 001-2015, llevado a cabo por el Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP) para el “compra de artículos comestibles”, se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el considerando 148, las cuales sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR a la Directora del Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), que conforme al debido proceso dispuesto en la Ley No. 107-13 y la Ley No. 340-06 y su modificación, investigue a los funcionarios - que hayan participado y permanezca en la actual gestión - responsables de no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo, y en consecuencia, determine las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65: “1) Amonestación escrita; 2) Suspensión sin goce de salario hasta por 6 meses; 3) Despido sin responsabilidad patronal; 4) Sometimiento a la justicia”. QUINTO: RECOMENDAR a la Directora del Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), que ordene a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos y al Comité de Compras y Contrataciones de dicha institución, a participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre los pliegos de condiciones específicas y criterios de evaluación; así como también en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), y a las razones sociales Proveedora de Bienes y Servicios HC PROBISER, S.R.L., J. Rafael Núñez, S.R.L., Briquetas Nacionales, S.R.L., Empresas Integradas, S.A.S., Multiservicios Hermes, S.R.L., Importadora Barbera, S.R.L., VH Office Supply, S.R.L., Caribbean Food Supply, S.R.L., Casa Paco, S.A., Proagro Dominicana, E.I.R.L., Factoría y Almacenes Familia, S.R.L., Inversiones Ceilan, S.R.L., Inversiones Troplom, S.R.L., Compañía de Inversiones Dumfries, S.R.L., Hispaniola Grain, S.R.L.; INDUVECA, S.A., Marceyesa, S.R.L., Huara Comercial, S.R.L., Santinis Investments, S.R.L. y, Mercasid, S.A., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.comprasdominicana.gob.do y www.dgcp.gob.do.