El Acto Administrativo de Adjudicación núm. 268/2026, emitido el 23 de septiembre de 2026, aprueba la evaluación económica y adjudica el Lote 1 a T21 Ingeniería Moderna, S.R.L. por RD$147,815,907.04 y el Lote 2 a Constructora Stone Mountain, S.R.L. por RD$165,150,047.30, por un total de RD$312,965,954.34. El informe económico registra que Hanson Rodríguez no fue considerada para adjudicación por una partida presupuestaria faltante y que Servicios de Ingeniería y Comerciales, S.A. no fue considerada para adjudicación, entre otros motivos, por su oferta del Lote II y la garantía presentada.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (13 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe atribuye a la oferta de Servicios de Ingeniería y Comerciales, S.A. de RD$157,292,631.34 frente a un estimado de RD$190,000,000 una diferencia de 17.74%; el cálculo es aproximadamente 17.21%. Ambos porcentajes superan el umbral del 15% citado, por lo que la discrepancia no cambia por sí sola ese resultado, pero conviene verificar el cálculo aplicado al análisis de la oferta que no fue considerada para adjudicación.
“La oferta económica presentada por RD$157,292,631.34 se encuentra 17.74% por debajo del valor estimado del Lote … II, superando el umbral del 15% establecido.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 123 · Reglamento 52-26, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 123 — Exclusiones por ofertas temerarias
Artículo 123.- Exclusiones por ofertas temerarias. Para considerar la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, por presentar un precio o costo anormalmente bajo frente al objeto de la contratación, esta debe superar la diferencia porcentual a la baja prevista en el pliego de condiciones con relación al presupuesto base del procedimiento de contratación. Párrafo. La Dirección General de Contrataciones Públicas debe emitir manuales, instructivos y guías para identificar ofertas temerarias o económicamente no sustentables por presentar precios anormalmente bajos.
Reglamento 52-26, artículo 124 — Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias
Artículo 124.- Procedimiento para la exclusión de ofertas temerarias. En caso de que se haya identificado la posibilidad de una oferta temeraria o económicamente no sustentable, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación, es decir, el Comité de Contrataciones Públicas o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, previo a proceder a la exclusión de la oferta por considerarse presuntamente anormalmente baja, debe agotar las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
La integración inicial menciona a Carina Cedano Rijo como representante y a Jean Luis Rodríguez Jiménez como quien presidiría; más adelante identifica a Carina como presidenta, y la página de firmas contiene cinco integrantes sin Jean Luis Rodríguez. Conviene verificar el acto de designación y la conformación efectiva del comité que aprobó la adjudicación; el documento no permite concluir por sí solo que faltara quórum.
“se reunieron los miembros del Comité de Contrataciones Públicas del Ministro de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED), debidamente constituido por Carina Cedano Rijo, en representación del Ministro de la Vivienda, Hábitat y…”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 19 · Reglamento 52-26, art. 18 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 19 — Integración
Artículo 19.- Integración. Cada Comité de Contrataciones Públicas estará integrado por los cinco (5) miembros siguientes: 1) La máxima autoridad administrativa de la institución contratante, o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá; 2) El titular del área administrativa financiera o su equivalente; 3) El titular del área jurídica de mayor jerarquía o su equivalente; 4) El titular del área de Planificación y Desarrollo Institucional o su equivalente; 5) El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública o su equivalente en materia de libre acceso a la información. Párrafo I.- El presidente de la República tendrá la facultad de designar un máximo…
Reglamento 52-26, artículo 18 — Funcionamiento interno y condiciones de deliberación
Artículo 18.- Funcionamiento interno y condiciones de deliberación. Los Comités de Contrataciones Públicas se rigen por las siguientes reglas de funcionamiento interno y condiciones de deliberación: 1. Las convocatorias a reuniones de los Comités de Contrataciones Públicas deben ser realizadas por el presidente, con la asistencia de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas. 2. El personal de la Unidad Operativa de Contrataciones Públicas debe fungir como secretario, con la responsabilidad de elaborar las actas de las reuniones y asistir en la coordinación de los encuentros. 3. El quórum mínimo para iniciar las reuniones y deliberar es de al menos tres (3) miembros, siendo siempre…
Edify, S.R.L.No figura entre los seis oferentes habilitados para la evaluación económica; las actas previas del proceso consignan que no cumplió requisitos financieros.
No habilitado
Lotes 1 y 2
—
Hanson Rodríguez, S.R.L.Habilitada técnicamente, pero no considerada para adjudicación: el presupuesto no presenta la partida de elaboración de informes técnicos ni una partida equivalente.
Habilitado
Lotes 1 y 2
RD$327,824,207
Consorcio ICM-Bello & DíazNo figura entre los seis oferentes habilitados para la evaluación económica; las actas previas del proceso consignan que no cumplió requisitos financieros y técnicos.
No habilitado
Lotes 1 y 2
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Disdom, S.R.L.Habilitada para el Lote 2 y considerada para adjudicación; no resultó adjudicataria.
Habilitado
Lote 2
RD$161,500,000
Ironside Group, S.R.L.No figura entre los seis oferentes habilitados para la evaluación económica; las actas previas del proceso consignan que no presentó la certificación bancaria requerida.
No habilitado
Lote 1
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Fire Technologies, S.R.L.Habilitada para el Lote 1 y considerada para adjudicación; no resultó adjudicataria.
Habilitado
Lote 1
RD$155,676,884
Constructora Stone Mountain, S.R.L.Adjudicada para el Lote 2; el informe económico consigna una puntuación técnica rectificada de 69.25 puntos.
Adjudicado
Lote 2
RD$165,150,047
Consthera, S.R.L.No figura entre los seis oferentes habilitados para la evaluación económica; las actas previas del proceso consignan un índice de endeudamiento de 1.52 frente al máximo de 1.5, además de faltas técnicas.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
T21 Ingeniería Moderna, S.R.L.Adjudicada para el Lote 1. Su oferta para el Lote 2 no fue considerada porque ya resultó adjudicataria de un lote, conforme a la regla citada en el informe.
Adjudicado
Lote 1; oferta no adjudicada para Lote 2: RD$161,515,338.88
RD$147,815,907
Servicios de Ingeniería y Comerciales, S.A.Habilitada técnicamente, pero no considerada para adjudicación. El informe marca incumplimiento económico en el Lote II por superar el umbral indicado para ofertas bajo el valor estimado y consigna que la garantía del Lote I no era renovable.
Mencionado
Lotes 1 y 2
RD$293,303,786
Ingemati, S.R.L. (Consorcio INGEMAR)No figura entre los seis oferentes habilitados para la evaluación económica; las actas previas del proceso consignan que no presentó la documentación solicitada en subsanación y que había discrepancias en la identificación del consorcio.