El pliego establece la segunda convocatoria del proceso EDENORTE-MAE-PEEN-2026-0005, por excepción de emergencia, para adquirir 76 ítems de materiales eléctricos, con presupuesto base de RD$143,372,012.47, impuestos incluidos. Prevé adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas que cumplan los requisitos y fija la presentación y apertura para el 1 de septiembre de 2026. No adjudica ni identifica oferentes habilitados; las ofertas indicadas en el portal siguen pendientes de evaluación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego pide acreditar que el oferente está al día en el pago de electricidad, aunque no explica su relación con la capacidad de suministrar materiales eléctricos. Conviene verificar la justificación y proporcionalidad del requisito, pues podría excluir participantes por una condición ajena a la ejecución contractual.
“Copia de la última factura de energía eléctrica donde se evidencie que el Oferente se encuentra al día en el pago del servicio.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego fija una penalidad diaria del 1% del monto contractual y permite dejar sin efecto el contrato al superarse el límite de 10%. La Ley 47-25 establece que el proveedor debe ser puesto en mora antes de aplicar penalidades por retraso y contempla la rescisión por esta causa cuando las penalidades alcancen el 20%; corresponde revisar la proporcionalidad y la compatibilidad de la cláusula con esas reglas.
“Penalidad diaria = (0.01 x Monto del Contrato) En caso de superarse este monto, EDENORTE podrá dejar sin efecto el Contrato por causa de incumplimiento.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 145 · Ley 47-25, art. 147 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 145 — Plazo de ejecución y penalidades por demora
Artículo 145.- Plazo de ejecución y penalidades por demora. Las prestaciones previstas en el contrato deberán ejecutarse en los plazos parciales de su ejecución sucesiva y dentro del plazo total fijado. Párrafo I.- Ante incumplimiento con los plazos previstos exclusivamente atribuibles al proveedor, la institución contratante deberá ponerlo en mora, en caso de que el retraso persista, la institución contratante podrá aplicar penalidades diarias mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor; la proporción y determinación de estas penalidades serán determinadas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo II.- En todo…
Ley 47-25, artículo 147 — Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso
Artículo 147.- Incumplimiento parcial o cumplimiento defectuoso. La institución contratante, ante incumplimiento parcial de las prestaciones fijadas en el contrato o cumplimiento defectuoso de este, podrá aplicar las penalidades que hayan sido establecidas en los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo.- Las penalidades impuestas deben ser proporcionales al incumplimiento y las cuantías de cada una no podrán superar el diez por ciento (10%) del precio del contrato, ni el total de ellas superar el treinta por ciento (30%) del mismo y, estas se hacen efectivas mediante la deducción de las cantidades que por concepto de pago total o parcial deban abonarse al proveedor.
Oferentes que registra (11)
11 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Dutech Dominicana, SRLOferta registrada en el portal como cargada y pendiente de evaluación.
Mencionado
—
RD$641,501
RZ Energy, SRLOferta registrada en el portal como cargada y pendiente de evaluación.
Mencionado
—
RD$857,756
Dos-García, SRLOferta registrada en el portal como cargada y pendiente de evaluación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona