El Comité de Compras y Contrataciones de CORAASAN, en sesión del 20 de julio de 2026, declaró inadmisible y, subsidiariamente, rechazó el recurso de DOS-GARCIA, S.R.L. contra su exclusión técnica y la solicitud cautelar. La defensa sostiene que la oferta omitió el cronograma de entrega, que el pliego calificaba como no subsanable, y que el recurso cuestionaba cláusulas del pliego publicado el 29 de abril; la empresa había pedido suspender la apertura económica prevista para el 9 de julio.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El escrito identifica el recurso como dirigido contra la exclusión técnica, pero el Comité sostiene que el acto impugnado es el pliego y calcula el plazo desde su publicación del 29 de abril. La Ley contempla como recurrible la exclusión de un oferente y fija el plazo desde que el acto impugnado adquiere eficacia; conviene verificar la identificación del acto recurrido y el cómputo aplicado.
“La parte recurrente solicita que se revoque informe prelininar de evalunci6n tecnica del proceso que nos ocupa. No obstante, de la lectura del recurso de impugnaci6n en contra de los documentos mencionados previamente, se infiere que las”
Artículo 200.- Actos recurribles. Los actos dictados al amparo de la presente ley podrán ser objeto de recurso administrativo cuando se refieran a las actuaciones siguientes: 1) La aprobación del procedimiento ordinario de selección o de alguna de las excepciones previstas en la presente ley; 2) La designación de los peritos; 3) La aprobación del pliego de condiciones y de sus adendas y enmiendas, así como de cualquier documento que rija el procedimiento de contratación; 4) Los actos preparatorios o de trámite cualificados, entendidos como aquellos que deciden directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o…
Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso
Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.
Artículo 202.- Legitimación. Podrán interponer recurso administrativo exclusivamente quienes acrediten su legitimación activa, es decir: 1) El interesado u oferente potencial afectado en sus derechos o intereses legítimos, con relación a la aprobación del procedimiento ordinario de selección o de alguna de las excepciones, de la designación de los peritos y de la aprobación de los pliegos de condiciones y de sus adendas y enmiendas, así como de cualquier documento que rija el procedimiento de contratación; 2) El oferente afectado en el procedimiento de selección por algunos de los actos preparatorios o de trámite cualificados que puedan ser objeto de recurso; 3) El oferente afectado por el…
El documento está fechado el 20 de julio, mientras que la solicitud transcrita pide suspender la apertura económica fijada para el 9 de julio. El escrito no confirma si la apertura tuvo lugar; corresponde verificar la secuencia efectiva y si la solicitud cautelar conservaba utilidad al decidirse.
“20 de julio de[ 2026.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 211 · Ley 47-25, art. 212 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 211 — Medidas cautelares en los recursos administrativos
Artículo 211.- Medidas cautelares en los recursos administrativos. Todo recurrente podrá solicitar, mediante instancia separada dirigida a la Dirección General de Contrataciones Públicas, la adopción de medidas cautelares cuando medie una situación de urgencia y sea necesaria la protección provisional de derechos e intereses implicados, mientras se encuentre pendiente la decisión de un recurso administrativo. Párrafo I.- La solicitud de adopción de medidas cautelares podrá interponerse en cualquier momento hasta tanto no haya sido emitida la decisión del recurso. Párrafo II.- Para la adopción de las medidas cautelares se tomará en cuenta la apariencia de buen derecho de la solicitud o la…
Ley 47-25, artículo 212 — Procedimiento, instrucción y decisión de las medidas cautelares
Artículo 212.- Procedimiento, instrucción y decisión de las medidas cautelares. Interpuesta la solicitud de medida cautelar, el procedimiento a seguir por la Dirección General de Contrataciones Públicas será el siguiente: 1) En el plazo de dos (2) días hábiles a partir de la recepción de la solicitud de medida cautelar, la Dirección General de Contrataciones Públicas notificará a la institución contratante y a los interesados copia de dicha solicitud, otorgándoles un plazo de tres (3) días hábiles para pronunciarse al respecto; 2) Una vez recibidos los escritos de defensa, o vencido el plazo señalado para presentarlo, la Dirección General de Contrataciones Públicas decidirá mediante…
Oferentes que registra (15)
8 mencionado · 7 descalificado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
DOS-GARCIA, S.R.L.El informe preliminar citado consigna que no presentó el cronograma de entrega exigido como no subsanable; el Comité declara inadmisible el recurso y, subsidiariamente, lo rechaza.
Descalificado
Lote A controvertido
RD$37,249,738
CIADOM, S.R.L.El informe preliminar reproducido recomienda descalificarla por incumplimientos en los requerimientos del pliego y las fichas técnicas.
Descalificado
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RD$18,290,000
COMERCIAL VIBA, S.R.L.El informe preliminar reproducido recomienda descalificarla por incumplimientos en los requerimientos del pliego.
Descalificado
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RD$54,047,551
GARCIA Y LLERANDI, S.A.S.El informe preliminar citado recomienda descalificarla por incumplimientos de requisitos del pliego.
Descalificado
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RD$47,679,989
JG ACUEDUCTOS Y PARTES, S.R.L.El informe preliminar citado recomienda descalificarla por incumplimientos legales, financieros y técnicos.
Descalificado
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RD$52,640,529
PROCONDE, S.R.L.El informe preliminar citado recomienda descalificarla por incumplimientos en formularios, solvencia financiera y fichas técnicas.
Descalificado
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RD$54,154,975
TD POWER, S.R.L.El informe preliminar citado recomienda descalificarla por incumplimientos legales y técnicos.
Descalificado
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RD$92,697,260
CELNA ENTERPRISES, S.R.L.El informe preliminar recomienda notificarle documentos para subsanar; este escrito no establece su habilitación final.
Mencionado
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RD$20,892,940
FERRETERÍA POPULAR, S.R.L.El informe preliminar recomienda notificarle documentos para subsanar; este escrito no establece su habilitación final.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
HIDROTEC, S.R.L.El informe preliminar recomienda notificarle documentos para subsanar; este escrito no establece su habilitación final.
Mencionado
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RD$50,969,388
IMPORTADORA PERDOMO & ASOCIADOS, S.R.L.El informe preliminar señala una ficha técnica incompleta y recomienda notificarle documentos para subsanar; este escrito no establece su habilitación final.
Mencionado
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MAET INNOVATION TEAM, S.R.L.El informe preliminar recomienda notificarle documentos para subsanar; este escrito no establece su habilitación final.
Mencionado
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RD$42,417,735
SUPLIDORA HAWAI, S.R.L.El informe preliminar recomienda notificarle documentos para subsanar; este escrito no establece su habilitación final.
Mencionado
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RD$55,887,485
SUPLIDORA LEOPEÑA, S.R.L.El informe preliminar recomienda notificarle documentos para subsanar; este escrito no establece su habilitación final.
Mencionado
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RD$40,870,944
FOREST LAKES, S.R.L.Figura entre los oferentes, pero el documento no establece su resultado individual.