El Acta de Enmienda No. 001, fechada el 27 de mayo de 2026, modifica el pliego de la licitación CORAASAN-CCC-LPN-2026-0014. Añade un informe de estudios previos para sustentar el precio estimado, cambia la redacción del plazo de entrega a seis meses hábiles luego de la firma y registro del contrato, y elimina dos requisitos de documentación técnica: un certificado de calidad emitido por una institución estatal y una certificación notariada y apostillada para fabricantes.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se suprime la verificación documentada de la calidad mediante certificado estatal y la comprobación notariada y apostillada de la condición de fabricante extranjero..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Anexos del pliegoInforme de estudios previos y justificación del precio estimado
No se indicaba que el pliego llevara anexo un informe de estudios previos para sustentar el precio estimado.
Se agrega como anexo un informe de estudios previos para sustentar y justificar el precio estimado de la contratación.
Aclara
Sección I, Informaciones Particulares, numeral 7Plazo y condiciones de entrega
El pliego preveía una entrega total dentro de seis meses posteriores al registro del contrato en la Contraloría General de la República.
Los bienes deben entregarse según los plazos secuenciales y finales del pliego y los cronogramas de trabajo aprobados; el plazo de entrega se fija en seis meses hábiles luego de la firma del contrato y su registro en la Contraloría General de la República.
Aclara
Sección II.1.2, Documentación técnicaCertificado de calidad y acreditación del fabricante
Se exigía un certificado de calidad emitido por una institución estatal y, si el oferente era el fabricante, certificación de esa condición notariada y apostillada cuando el fabricante estuviera en el extranjero.
Se eliminan los acápites 4 y 5, por lo que dejan de exigirse esos documentos.
RelajaQuita un control: Se suprime la verificación documentada de la calidad mediante certificado estatal y la comprobación notariada y apostillada de la condición de fabricante extranjero.
Consultas de los oferentesCanal y calendario para responder consultas
El acta no indicaba en este apartado cómo se emitirían las respuestas a las consultas formuladas en el SECP.
Se indica que las respuestas se emitirán mediante Circular de Respuestas a los Oferentes, conforme al cronograma establecido.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona