Publicado el 6 jul de 2026Fechado el 2 jul de 202616 páginasEn el mensaje «Informe Pericial Defnitivo de Recomendación de Adjudicación y Acta que aprueba el informe.»
El 3 de julio de 2026, el Comité de Contrataciones Públicas del MAPRE aprobó el informe pericial económico y adjudicó el Lote 1 a Pink Iguana, S.R.L. por RD$20,000,000 y el Lote 2 a Events Support Services Minerva Fernández, S.R.L. por RD$20,000,000, ambos con impuestos incluidos. La decisión aplicó la regla del pliego de un lote por oferente: Pink Iguana ocupó el primer lugar en ambos lotes y Events Support Services, el segundo. El acta también registra a SE Tecno-Sonido, Actividades Caoma y Arteluz como suplentes, y mantiene a Plures sin habilitación para la apertura del Sobre B.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta adjudica RD$20,000,000 a Pink Iguana. Según el historial del proceso, la empresa tenía cinco contratos previos con MAPRE por RD$60,000,000 en los 24 meses anteriores; sumada esta adjudicación, el total indicado para ese período asciende a RD$80,000,000. Es un indicador de concentración que conviene contextualizar frente a la distribución de contratos entre proveedores; Events Support Services no tenía contratos previos con MAPRE en ese período.
“ADJUDICAR el procedimiento de referencia a los oferentes Pink Iguana, S.R.L., Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) núm. [RNC], y Events Support Services Minerva Fernández, S.R.L., Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) núm. 1”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Pink Iguana, S.R.L.Adjudicataria del Lote 1; el acta consigna que cumplió los requisitos del pliego y obtuvo el menor precio. Se le adjudicó un solo lote conforme a la regla del pliego.
SE Tecno-Sonido, S.R.L.Oferta habilitada para evaluación económica; el acta la ubica en tercer lugar en ambos lotes.
Suplente
Lotes 1 y 2
RD$40,500,000
Actividades Caoma, S.R.L.Oferta habilitada para evaluación económica; el acta la ubica en cuarto lugar en ambos lotes.
Suplente
Lotes 1 y 2
RD$40,000,000
Arteluz, S.R.L.Oferta habilitada para evaluación económica; el acta la ubica en quinto lugar en ambos lotes.
Suplente
Lotes 1 y 2
RD$40,000,000
Plures, S.R.L.No presentó dentro del plazo establecido la documentación requerida para subsanar su oferta técnica y no fue habilitada para la apertura del Sobre B.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona