El pliego del proceso MAPRE-CCC-LPN-2026-0001, fechado únicamente en abril de 2026, establece una licitación pública nacional para servicios especializados de producción audiovisual, dividida en dos lotes de RD$20,000,000 cada uno. Fija una duración de seis meses o hasta agotar el monto contratado, requisitos técnicos y financieros de evaluación y adjudicación por menor precio, con un límite ordinario de un lote por oferente.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego dice que la entidad «podrá» otorgar el anticipo y lo condiciona a una garantía y a un plazo posterior al registro del contrato. La ley dispone un anticipo del 30% con la suscripción del contrato u orden, sin necesidad de factura; la diferencia puede reducir el apoyo financiero previsto para las MIPYMES. Cada lote tiene un presupuesto de RD$20,000,000, por lo que el 30% equivale a RD$6,000,000 por lote.
“En caso de que el adjudicatario del contrato sea una Micro, Pequeña y Mediana empresa (MIPYME), la entidad contratante podrá entregar un avance inicial correspondiente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato de conformidad con el”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El pliego concede hasta 60 días desde la remisión de la factura, frente al máximo de 30 días que establece la ley desde que se genera la condición de pago y se presenta el requerimiento. La diferencia puede afectar el flujo de caja de los contratistas.
“Los pagos se efectuarán en un plazo máximo de sesenta (60) días, contados a partir de la remisión de la factura al supervisor o responsable del contrato, y hasta agotar el monto adjudicado.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 148 — Pago del precio
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
El pliego condiciona el perfeccionamiento a la publicación y al registro en Contraloría, aunque la ley establece que los contratos se perfeccionan con su formalización. Esta diferencia puede generar incertidumbre sobre cuándo nacen las obligaciones contractuales.
“El contrato se considerará perfeccionado una vez se publique por el SECP-Portal Transaccional y en el portal institucional del Ministerio Administrativo de la Presidencia, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su suscripci”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 132 — Perfección del contrato
Artículo 132.- Perfección del contrato. Los contratos sujetos a la aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación se perfeccionarán con su formalización.
Para un objeto de producción audiovisual, el pliego exige la actividad comercial 80140000, identificada allí como comercialización y distribución, y clasifica la contratación bajo actividades de ventas y promoción de negocios. Esa relación entre el objeto y la actividad habilitante merece verificación porque puede limitar o excluir proveedores especializados en audiovisual.
“Dicha contratación ha sido clasificada bajo el rubro - Actividades de ventas y promoción de negocios, por lo que los oferentes deberán contar, con la actividad comercial - Comercialización y distribución.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El pliego establece sorteo como mecanismo de desempate, mientras que el reglamento dispone preferencias vinculadas a discapacidad, protección ambiental y subcontratación de MIPYMES antes de recurrir al azar en los supuestos que regula. La regla del pliego puede alterar qué oferta resulta seleccionada en caso de empate.
“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá con la adjudicación mediante una selección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo de manera pública, con los oferentes empatados, el CCP y en presencia de Notari”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 117 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 117 — Desempate de ofertas
Artículo 117.- Desempate de ofertas. El pliego de condiciones debe determinar cómo se decide la adjudicación en caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios, por igualdad de costo o por igualdad de puntaje, aplicando alguno de estos criterios: 1. Preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2. Preferencia a la oferta que presente un plan empresarial de responsabilidad para la protección del medioambiente en su cadena de producción. 3. Preferencia de oferta en la cual se proponga el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El…
Aunque el pliego fija como regla un lote por oferente, permite adjudicar los dos a quien sea el único que cumpla todos los requisitos. La condición es verificable, pero conviene observar su aplicación porque concentra en un solo proveedor los RD$40,000,000 del proceso y altera el reparto previsto entre lotes.
“No obstante, de manera excepcional, cuando un único oferente haya presentado una propuesta que sea la única que cumpla con la totalidad de los requisitos establecidos en el presente Pliego de Condiciones, podrá adjudicársele ambos lotes.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El pliego exige acreditar al menos diez empleados mediante una planilla laboral y califica el documento como no subsanable. La exigencia de una nómina fija merece revisión de proporcionalidad frente al objeto y a la posibilidad de ejecutar parte de las prestaciones mediante subcontratación autorizada.
“Planilla de personal fijo (formulario DGT-3), emitido por el Ministerio de Trabajo a través del Sistema Integrado de Registro Laboral, donde se evidencie que el Oferente tiene, cuando menos, 10 empleados. (No Subsanable)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona