Habilitación tras registrar omisiones tributarias antiguas
· hace 3 meses
El acta consigna omisiones tributarias de 2014 y 2015 para José Miguel Solís Ubri y luego lo marca habilitado, indicando que la documentación fue subsanada. Como el proceso está reservado a MIPYMES y la excepción legal por obligaciones pendientes tiene un límite de seis meses, conviene verificar qué evidencia sustentó la habilitación; el extracto no permite confirmar si las obligaciones se regularizaron.
“El contribuyente NO está al día en el pago de sus impuestos: IR1Q2014 ITB-ITBIS-12/2014-OMISO ITB-ITBIS-01/2015-OMISO ITB-ITBIS-02/2015-OMISO ITB-ITBIS-03/2015-OMISO ITB-ITBIS-04/2015-OMISO ITB-ITBIS-05/2015-OMISO ITB-ITBIS-06/2015-OMISO IT”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · Ley 47-25, art. 172 · Reglamento 52-26, art. 63 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
Reglamento 52-26, artículo 63 — Inhabilidad por falta de cumplimiento de obligaciones tributarias o de la seguridad social
Artículo 63.- Inhabilidad por falta de cumplimiento de obligaciones tributarias o de la seguridad social. La inhabilidad de un proveedor por falta de cumplimiento de obligaciones tributarias o de la seguridad social debe tener en cuenta la excepción prevista para la participación de MIPYMES en el artículo 172, párrafo III, de la Ley núm. 47-25.