Publicado el 14 jul de 2026Fechado el 21 jun de 2026113 páginasEn el mensaje «La lista de oferentes del proceso DIE-CCC-SO-2026-0002 publicada por Dirección Infraestructura Escolar»
El informe rectificativo, emitido el 22 de junio de 2026 para el proceso DIE-CCC-SO-2026-0002, recomienda habilitar a 469 oferentes y mantener como no habilitados a 127; además ratifica una descalificación y recomienda excluir a tres participantes. Reevalúa subsanaciones de Enmanuel Ramón Díaz Jiménez y Audiproyect, y corrige datos de habilitación y lotes de otros participantes; no adjudica obras ni cambia el pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Enmanuel Ramón Díaz Jiménez, Audiproyect, SRL.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
La matriz registra a Máximo Ambiorix del Orbe Holguín con RPE «NO» y, a la vez, lo califica como habilitado. Es un dato concreto que amerita comprobar la inscripción en el Registro de Proveedor del Estado y la correspondencia de sus credenciales antes del sorteo.
“360 | MAXIMO AMBIORIX DEL ORBE HOLGUIN | NO | ✓ CUMPLE | ✓ CUMPLE | ✓ CUMPLE | HABILITADO | A Y B”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 41 · Reglamento 52-26, art. 60 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
Artículo 60.- Oferentes. Pueden participar como oferentes en los procedimientos de contratación pública las personas físicas y jurídicas establecidas en el artículo 35 de la Ley núm. 47-25, siempre y cuando se encuentren inscritas en el Registro de Proveedor del Estado y no se encuentren incursas en alguna de las causas de inhabilidad previstas en la ley citada.
La matriz rectificada marca como habilitadas para ambos tipos de lote a Construpeta y Audiproyect con el mismo RNC y RPE, mientras que otra fila identifica a Audiproyect con RNC y RPE distintos. La coincidencia podría ser un error de identificación, pero al habilitarse ambos registros para el sorteo conviene verificar la identidad de los participantes y que no exista multiplicidad de participación de una misma persona jurídica.
“352 | CONSTRUPETA. SRL | [RNC] | 116610 … CUMPLE | ✓CUMPLE | ✓CUMPLE | HABILITADO | A Y B … 410 | AUDIPROYECT, SRL | [RNC] | 116610 | ✓ CUMPLE | ✓ CUMPLE | ✓ CUMPLE | HABILITADO | A Y B”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 36 · Ley 47-25, art. 41 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 36 — Prohibición de multiplicidad de participación
Artículo 36.- Prohibición de multiplicidad de participación. Se prohíbe la multiplicidad de participación de una misma persona, ya sea física o jurídica, en un mismo procedimiento de contratación. Párrafo.- Las personas físicas o jurídicas que formasen parte de un consorcio no podrán presentar otras ofertas en forma individual o como integrante de otro consorcio, siempre que se tratare del mismo procedimiento de contratación.
Ley 47-25, artículo 41 — Deberes de los interesados en participar como oferentes
Artículo 41.- Deberes de los interesados en participar como oferentes. Las personas físicas o jurídicas interesadas en participar como oferentes en los procedimientos de contratación previstos en la presente ley deberán estar inscritas en el Registro de Proveedor del Estado, administrado y operado por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I.- Los reglamentos de aplicación de la presente ley determinarán los requisitos y el procedimiento de inscripción como proveedor del Estado, indicando la documentación requerida para acreditar la capacidad jurídica, la actividad económica del interesado, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales y de la seguridad social,…
Oferentes que registra (4)
2 habilitado · 2 habilitado por vía extraordinaria
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Juana Alicia Sosa GonellEl informe indica que ya estaba habilitada; rectifica el error material que la vinculaba con el nombre Benestá, SRL.
Habilitado
A
—
Enmanuel Ramón Díaz JiménezTras reevaluar las subsanaciones, el informe concluye que cumple con los índices financieros, el formulario IR-1 y anexos de 2025, el formulario de oferta y el formulario de debida diligencia.
Habilitado por vía extraordinaria
A y B
—
Audiproyect, SRLTras reevaluar las subsanaciones, el informe concluye que cumple con los índices financieros, el formulario IR-2 y anexos de 2025, y las certificaciones de experiencia para lotes Tipo A y Tipo B.
Habilitado por vía extraordinaria
A y B
—
Construpeta, SRLEl informe atribuye a un error material la falta de motivación de su habilitación y dice que siempre había estado habilitada.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona