Publicado el 22 abr de 2026Fechado el 21 abr de 202611 páginasEn el mensaje «Informe Pericial Preliminar de Evaluación (Sobre A), Acto de Aprobación de Informe y Circulares»
El 22 de abril de 2026, el Comité del MAPRE aprobó el informe pericial preliminar, fechado el 21 de abril, sobre las ofertas técnicas de nueve oferentes para la subasta inversa MAPRE-CCC-SI-2026-0001. Ordenó solicitar subsanaciones a Viamar y Espaillat Motors, aclaraciones adicionales a Espaillat y a Peravia Motors sobre una certificación de garantía, y dejó constancia de que cinco ofertas no cumplían los requisitos no subsanables; MTE Group y Meco Roger no tenían documentos pendientes de subsanación. Es una evaluación preliminar: el acta no adjudica ni establece la habilitación definitiva para la puja.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe señala que la certificación de garantía de Espaillat Motors no identificaba el modelo ofertado, aunque la califica como no subsanable; el Comité ordenó pedir aclaraciones directamente a Peravia Motors, emisora de la certificación. La solicitud no determina todavía si se admitirá información que complete un elemento sustantivo de la garantía.
“La certificación emitida por el distribuidor autorizado PERAVIA MOTORS SAS, no especifica cuál es el modelo de camión ofertado. … ORDENAR a la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio Administrativo de la Presidencia (MAPRE), re”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
Oferentes que registra (9)
5 no habilitado · 4 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Importadora CODEPRO, S.R.L.El acta preliminar deja constancia de que su oferta no presentó documentación no subsanable exigida y no cumplía los requerimientos del pliego.
No habilitado
Ítem único
RD$750,000,000
Viamar, S.A.El acta ordena solicitar subsanación de la declaración jurada, que aludía a la Ley 340-06, y corregir el año 2025 consignado en la oferta técnica; no decide su habilitación definitiva.
Mencionado
Ítem único
RD$749,900,000
Grúas Colón, S.R.L.El acta preliminar deja constancia de documentación no subsanable que no cumplía los requerimientos del pliego y su enmienda.
No habilitado
Ítem único
RD$487,200,000
Espaillat Motors, S.R.L.Se ordena subsanar el correo electrónico secundario y aclarar documentación sobre el modelo DF-925 y la certificación de garantía; no decide su habilitación definitiva.
Mencionado
Ítem único
RD$745,000,000
CK Trans Motors, S.R.L.El acta preliminar deja constancia de documentación no subsanable que no cumplía los requerimientos del pliego y su enmienda.
No habilitado
Ítem único
RD$749,990,000
MTE Group, S.R.L.El acta indica que su oferta técnica no tenía documentación pendiente de subsanación, pero no establece habilitación definitiva.
Mencionado
Ítem único
RD$680,000,001
Consorcio Equimax-AutomíaEl acta preliminar deja constancia de documentación no subsanable que no cumplía los requerimientos del pliego y su enmienda.
No habilitado
Ítem único
RD$700,000,000
Meco Roger Dominicana, S.R.L.El acta indica que su oferta técnica no tenía documentación pendiente de subsanación, pero no establece habilitación definitiva.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona