Rubro actual del RPE no refleja el objeto adjudicado para la puja
· hace 4 meses
La consulta del RPE del 2026-09-28 registra a MTE Group en el rubro Servicios, mientras que la circular la habilita para una contratación de bienes. El dato es posterior al proceso y no demuestra cuál era su clasificación al ofertar; conviene verificar el historial del RPE y la actividad comercial registrada en la fecha de participación.
“En tal sentido, se dispuso la habilitación del oferente MTE Group, S.R.L., Registro Nacional de Contribuyente (RNC) núm. [RNC], para participar en la puja electrónica, al haber cumplido con todos los requerimientos exigidos en el Pli”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →