El Acta núm. 118-2026, de 2026-04-14, aprueba cambios al pliego del proceso INABIE-MAE-PEUR-2026-0003, entre ellos ajustes a la participación por ítems, capacidad productiva, documentos de oferta, muestras, entregas y anticipo a MIPYMES. Sin embargo, la parte resolutiva identifica la aprobación como una «Segunda Enmienda» del proceso INABIE-MAE-PEUR-2026-0001, distinto del proceso y de la cuarta enmienda indicados en el encabezado. No se identifican oferentes individuales en el documento.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el número mínimo de máquinas específicas que permitía comprobar capacidad productiva instalada.; Disminuye el nivel de personal activo requerido como evidencia de capacidad real para ejecutar las cantidades ofertadas.; Elimina el corte mínimo de 75 puntos que servía como umbral verificable de capacidad antes de abrir la oferta económica.; Se reduce la separación física entre las ofertas técnica y económica, que antes se entregaban en memorias y sobres separados..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La enmienda dirige la participación a fabricantes nacionales e importadores y prevé que 20% de los bienes sean de importación, pero también dispone que los zapatos deberán fabricarse en República Dominicana. Además, excluye a fabricantes nacionales acogidos al régimen de zonas francas; debe aclararse cómo se aplican conjuntamente estas condiciones.
“dirigido a empresas de fabricación nacional e importación… Los bienes a suplir por los oferentes son Zapatos Escolares, los cuales deberán ser fabricados en la República Dominicana”
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
El encabezado presenta la cuarta enmienda del proceso 0003, pero la resolución aprueba la segunda enmienda del proceso 0001. La discrepancia deja incierto qué procedimiento y pliego quedan modificados.
“PRIMERA RESOLUCIÓN: APRUEBA la Segunda Enmienda al Pliego Estándar de Condiciones para… el proceso de referencia INABIE-MAE-PEUR-2026-000I”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 25 · Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 25 — Actos administrativos
Artículo 25.- Actos administrativos. Todos los actos elaborados en el procedimiento de contratación pública deberán ser formalizados y debidamente motivados por las instituciones contratantes, en especial: 1) El acto de aprobación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de alguno de los procedimientos de excepción previstos en la presente ley; 3) La aprobación de los pliegos de condiciones; 4) La selección de los peritos; 5) Las adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones, así como las circulares de respuesta o aclaraciones; 6) Los resultados de la evaluación en sus distintas fases; 7) La precalificación y calificación de oferentes; 8) La adjudicación; 9) La decisión de…
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La modificación exige que el objeto social sea exclusivo para textiles y/o calzado, aunque el procedimiento contempla oferentes distribuidores. La exclusividad societaria puede excluir empresas con capacidad para suministrar los bienes, sin que el texto relacione esa condición con la ejecución concreta del contrato.
“Nota: Elobieto social debe ser exclusivo para la industria textiles v/o de calzado. (SUBSANABLE).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
La enmienda fija el anticipo de hasta 30% para MIPYMES en un plazo de 45 a 60 días hábiles desde la firma y registro. La Ley 47-25 establece el anticipo del 30% con la suscripción del contrato u orden, por lo que el plazo consignado requiere revisión.
“se hará en un plazo no mayor de 45 a 60 días hábiles a partir de la firma y registro satisfactorio del contrato”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
La tabla denomina el módulo como 411 zapatos diarios, pero el equipo de corte aparece con dos unidades sugeridas y un factor de 240 por unidad, que da 480; la metodología señala que la producción diaria equivale a la máquina de menor producción. La diferencia puede alterar los cálculos de capacidad y reparto.
“Módulo Producción 411 zapato/día… Máquina de cortes o troqueladora 2.00 240”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · Reglamento 52-26, art. 116 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 52-26, artículo 116 — Reglas de valoración o ponderación
Artículo 116.- Reglas de valoración o ponderación. Las instituciones contratantes deben cumplir con las siguientes reglas de valoración o ponderación: 1. El pliego de condiciones debe establecer claramente los aspectos de la propuesta que son valorables bajo el sistema cumple/no cumple. 2. Con relación a los aspectos de la propuesta cuya valoración deba hacerse por puntaje, el pliego de condiciones debe establecer la ponderación porcentual asignada a cada criterio, así como las reglas de valoración o fórmulas matemáticas que deban aplicarse. 3. Ningún criterio puede ser incorporado o modificado durante el proceso de evaluación. 4. Cuando existan criterios de naturaleza con cierto grado de…
Cambios que introduce (10)
Sección
Antes
Después
Efecto
Objeto y alcanceRestricción de participación de fabricantes nacionales
No se identifica una exclusión de empresas bajo el régimen de zonas francas.
La nota dirige la participación a industrias nacionales no acogidas al régimen especial de zonas francas.
Endurece
Especificaciones técnicasParticipación por ítems y distribución de tallas
Se exigía ofertar todos los rangos de tallas y géneros, según disponibilidad, y no se admitían ofertas parciales por tallas dentro del ítem.
Se permite ofertar uno de los ítems según capacidad; se fija una distribución de 65% y 35% entre rangos de tallas masculinos y femeninos.
Relaja
Documentación legalObjeto social del oferente
Se requería Registro Mercantil vigente, sin que el texto anterior estableciera exclusividad del objeto social.
Se añade que el objeto social debe ser exclusivo para la industria textil y/o de calzado.
Endurece
Capacidad instaladaCantidad mínima de equipos y equipos multifuncionales
El módulo de referencia incluía, entre otros, siete equipos de corte, tres montados de punta y una máquina automática tipo BT.
Se reduce el módulo a dos equipos de corte y uno de varias máquinas; se acepta equipo multifuncional sustituto si mantiene capacidad productiva.
RelajaQuita un control: Reduce el número mínimo de máquinas específicas que permitía comprobar capacidad productiva instalada.
Documentación financiera y técnicaNómina TSS y capacidad de producción
La nómina TSS de los últimos doce meses se validaba frente a la capacidad instalada declarada; se señalaba una cantidad sugerida de operarios.
Se permite presentar nómina equivalente al 35% de la capacidad productiva sugerida y se ajusta la asignación de cantidades según el porcentaje de personal validado.
RelajaQuita un control: Disminuye el nivel de personal activo requerido como evidencia de capacidad real para ejecutar las cantidades ofertadas.
Evaluación de capacidad productivaPuntaje mínimo y fórmula de asignación
Se establecía que quien obtuviera menos de 75 puntos quedaría inhabilitado para la apertura económica y se utilizaba un puntaje por equipo.
La nueva metodología distribuye las cantidades proporcionalmente a la capacidad efectiva, ajustada por el porcentaje de personal validado; no conserva expresamente el umbral de 75 puntos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
RelajaQuita un control: Elimina el corte mínimo de 75 puntos que servía como umbral verificable de capacidad antes de abrir la oferta económica.
Cronograma de entregaModalidad y fecha de entrega
Se preveía una entrega única en julio, luego de la certificación del contrato.
Se establecen entregas parciales coordinadas, con fecha tope del 3 de agosto de 2026.
Relaja
Presentación de ofertasMedios físicos excepcionales y separación de sobres
La excepción requería dos memorias USB separadas para oferta técnica y económica, tras acreditar y obtener corroboración de una falla del SECP.
Se menciona la recepción excepcional en memoria USB y papel; una memoria puede contener los documentos técnicos y económicos, individualizados dentro de un sobre sellado.
RelajaQuita un control: Se reduce la separación física entre las ofertas técnica y económica, que antes se entregaban en memorias y sobres separados.
Garantía y anticipoAnticipo para proveedores MIPYMES
El anticipo para proveedores MIPYMES no podía superar el 20% del monto adjudicado.
El máximo se eleva al 30%, contra garantía de buen uso; se conserva el plazo de 45 a 60 días hábiles desde la firma y registro del contrato.
Relaja
Presentación de muestrasFecha y lugar de entrega
Las muestras se recibirían del 15 al 16 de abril de 2026 en la sede de INABIE.
Se fija la recepción del 16 al 17 de abril de 2026 en el almacén de INABIE en DISDO.