Publicado el 27 mar de 2026Fechado el 26 mar de 20265 páginasEn el mensaje «Observaciones Técnicas y Legales al Pliego de Condiciones INABIE-MAE-PEUR-2026-0003»
El 27 de marzo de 2026, Silvestre Antonio Espinal Núñez presentó observaciones al pliego del proceso INABIE-MAE-PEUR-2026-0003, cuyo presupuesto estimado es RD$807,524,659.76. Solicita eliminar la cuota de importación del 20%, flexibilizar la lista de maquinaria, admitir formas alternativas de acreditar la disponibilidad de personal y establecer reciprocidad ante retrasos de pago. El documento plantea solicitudes y alegaciones al Comité; no consigna que estas hayan sido aceptadas ni que el pliego haya sido modificado.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El oferente alega que el pliego exige más de 40 máquinas por módulo para una meta de 411 pares diarios y menciona exigencias concretas de troqueladoras, máquinas de montado y prensas. La afirmación requiere contrastarse con el pliego completo para determinar si las cantidades guardan proporción con la capacidad productiva exigida; el documento no acredita por sí mismo que el requisito sea excluyente.
“El pliego exige un listado de más de 40 máquinas especializadas por módulo de producción para una meta de 411 pares diarios. Esta exigencia representa una barrera de entrada crítica para las MIPYMES industriales”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El oferente sostiene que el pliego exige o puntúa una plantilla de 25 operarios activa en la TSS al presentar la oferta y propone acreditar capacidad mediante históricos de nómina o compromisos de contratación. Conviene verificar el requisito y su proporcionalidad en el pliego, pues la observación no demuestra por sí sola que el criterio excluya oferentes ni que se haya aplicado.
“El pliego otorga puntuación o exige la validación de una plantilla de 25 operarios. No obstante, este requisito, tal como está planteado, ignora la dinámica operativa del sector calzado:”
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Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
El oferente afirma que el pliego no contempla consecuencias para la institución por retrasos de pago. La observación amerita verificar el pliego y el modelo contractual: la Ley exige que el pliego indique el interés por mora y reconoce intereses cuando no se paga dentro del plazo contractual. El documento no demuestra que esas previsiones estén efectivamente ausentes del expediente.
“Mientras el pliego es exhaustivo en detallar sanciones, multas y rescisiones por retrasos en la entrega o defectos de calidad por parte del oferente, mantiene un silencio absoluto sobre las consecuencias del incumplimiento por parte de la i”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · Ley 47-25, art. 148 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Artículo 148.- Pago del precio. El proveedor tendrá derecho al pago del precio convenido por la prestación realizada en los términos previstos por la presente ley, sus reglamentos de aplicación, los pliegos de condiciones y el contrato. Párrafo I.- El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, con abonos a cuenta, o mediante el pago en cada uno de los vencimientos estipulados cuando se trate de contratos de tracto sucesivo. Párrafo II.- Cuando se haya establecido un anticipo de pago como condición para el inicio de la ejecución del contrato, el proveedor tendrá derecho a no iniciar dicha ejecución hasta que dicho pago sea satisfecho, en todo caso, si no se produce el pago del…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona