Publicado el 7 abr de 2026Fechado el 5 abr de 2026370 páginasEn el mensaje «Resolución CCC-062-2026 aprobación informe preliminar + Informe preliminar proceso MIDEREC-CCC-LPN-2026-0001»
El informe preliminar, fechado el 6 de abril de 2026, presenta la revisión inicial de ofertas técnicas recibidas para la licitación MIDEREC-CCC-LPN-2026-0001 y registra 92 participantes, incluido el retiro comunicado por Constructora Magon, SRL. En las páginas suministradas se evalúa documentación legal y se solicitan subsanaciones a varios oferentes; no contiene adjudicación ni montos ofertados.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe indica que la certificación MIPYME de Cesar Jose Augusto Fontana Sánchez venció el 12 de septiembre de 2025, pero concluye que cumple con toda la documentación legal. Como el proceso está dirigido a MIPYMES, conviene verificar qué certificación respaldó su condición para participar.
“vigente hasta el 12/9/2025 … Resultado definitivo de la documentación legal: OFERENTE núm. 31 Cesar Jose Augusto Fontana Sánchez, CUMPLE con todas las documentaciones legales solicitadas”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 152 · Reglamento 416-23, art. 159 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 152 — Ámbito de aplicación
Artículo 152. Ámbito de aplicación. Las disposiciones de la presente sección aplican a todas las compras y contrataciones que realicen las instituciones contratantes dirigidas a: 1. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) en sentido general. 2. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) donde las mujeres tengan una participación accionaria o capital social superior al cincuenta por ciento (50 %) y que sean lideradas por mujeres. 3. Las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) de bienes y servicios de fabricación o producción industrial, con registro industrial emitido por PROINDUSTRIA. Párrafo. Las micro, pequeñas y medianas empresas a las que se aplicarán estas…
Artículo 159. Participación. En los procedimientos dirigidos MIPYMES solamente podrán participar aquellas que se encuentren certificadas como MIPYMES por el Ministerio de Industria y Comercio y por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) e inscritas bajo tal condición en el Registro de Proveedores del Estado. Párrafo I. Las MIPYMES en general, MIPYMES mujeres y MIPYMES industriales, además de participar en los procedimientos dirigidos exclusivamente a éstas, podrán a su vez presentar ofertas en los demás procedimientos de selección previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento, para ampliar sus oportunidades de participación y…
En la identificación de MALSAN, el informe consigna el RPE 43870, pero en la evaluación posterior indica «RPE 61365», número que el mismo informe asigna a CQ Construcciones, SRL. La discrepancia merece cotejo con el registro y el expediente para confirmar la identidad del proveedor evaluado.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 119 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
Solutia Dominicana, SRLEvaluación legal preliminar: debe subsanar la declaración jurada simple no presentada.
Mencionado
26 y 27
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Constructora Walson Capellan, SRLEvaluación legal preliminar: debe subsanar su situación ante la DGII; el informe indica que no estaba al día.
Mencionado
17
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Constructora Etrox, SRLEvaluación legal preliminar: debe subsanar la certificación MIPYME, que el informe identifica como vencida el 9 de marzo de 2026.
Mencionado
8 y 11
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Rim & Asociados, S.R.L.Evaluación legal preliminar: debe subsanar obligaciones ante la TSS y formularios de ética y debida diligencia no presentados.
Mencionado
18 y 22
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Constructora Fernández Javier, SRLEvaluación legal preliminar: debe subsanar el formulario de debida diligencia y conflicto de interés no presentado.
Mencionado
3 y 10
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Consnivel, S.R.LEvaluación legal preliminar: debe subsanar la certificación MIPYME, que el informe identifica como vencida desde el 13 de octubre de 2025.
Mencionado
4
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Cesar Jose Augusto Fontana SánchezEl informe registra como vigente hasta el 12 de septiembre de 2025 la certificación MIPYME y, aun así, concluye que cumple la documentación legal.
Mencionado
1 y 22
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MALSAN, SRLEl informe registra resultados preliminares de evaluación legal y consigna dos números RPE distintos en su apartado: 43870 y 61365.
Mencionado
2, 18 y 27
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Francina Gissel Elivo UrbinoEvaluación legal preliminar: debe subsanar el formulario de debida diligencia y conflicto de interés no presentado.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Mencionado
8 y 18
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Ana Emasary Ortiz García De BlancoEvaluación legal preliminar: debe subsanar la certificación MIPYME, que el informe identifica como vencida desde el 4 de febrero de 2026.
Mencionado
1
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Agregados Bani Dace, SRLEvaluación legal preliminar: debe subsanar el formulario de debida diligencia y conflicto de interés no presentado.