El informe definitivo de evaluación económica, fechado el 12 de mayo de 2026, recomienda adjudicar los 28 lotes de la licitación MIDEREC-CCC-LPN-2026-0001. Los montos recomendados suman RD$919,013,192.56; la recomendación no equivale por sí sola a un acto definitivo de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe recomienda a Solutia para el lote 23 y le asigna puntuación combinada, aunque el informe definitivo técnico anterior consignado en el expediente solo la habilitó para los lotes 26 y 27. La nueva recomendación tiene efecto en quién podría recibir el contrato y requiere aclarar cuándo y mediante qué acto se habilitó el lote 23.
“23. | Reparación del Pabellon de Lucha Olímpica y Karate. | 86 | RD$ 7,516,198.43”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 114 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
El pliego reproducido en el informe exige vigencia hasta 20 días después de la fecha prevista para suscribir el contrato. El portal estima la firma para el 28 de mayo de 2026, pero el informe registra garantías de oferentes recomendados para los lotes 4, 6, 11, 14, 18 y 22 con vencimiento el 25 de mayo; el propio informe las marca conformes. Verificar si fueron renovadas antes de formalizar esos contratos.
“que esté vigente hasta veinte (20) días después de la fecha prevista en el cronograma para la suscripción del contrato ... Vigencia desde 12/03/2026 hasta 25/05/2026 Cumple”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 192 · Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 192 — Objetivo de las garantías
Artículo 192. Objetivo de las garantías. con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de selección, las instituciones contratantes exigirán a los oferentes y adjudicatarios, mediante el pliego de condiciones de cada procedimiento, la constitución de garantías en la forma y montos definidos por la ley y el presente reglamento. Párrafo I. Las modalidades de garantía permitidas son la garantía bancaria y la póliza de seguro y deberán ser incondicionales, irrevocables y renovables. Para el caso de MIPYMES, solo será exigida la fianza de seguro. Párrafo II. El pliego de condiciones establecerá el plazo de…
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Dualidarq, Diseño y Construcción, SRLEl informe concluye que no cumple económicamente: no presentó presupuesto, análisis de costos y resumen de análisis en formato editable.
No habilitado
Lotes 6 y 17
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EZ Home, SRLEvaluada en los lotes 19 y 20; no recomendada para adjudicación.