La Enmienda núm. 01 del proceso DIE-CCC-SO-2026-0001, fechada el 2 de marzo de 2026, modifica el inicio del plazo de ejecución de las obras: establece seis meses contados desde la suscripción del contrato y la formalización de su registro ante la Contraloría General de la República. Indica que las demás cláusulas del pliego permanecen sin modificación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Sección I, numeral 8, apartado 6: Tiempo de ejecución de la obraInicio del plazo de ejecución | Los trabajos se ejecutarán dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en el Pliego y en los Planes de Trabajo presentados por la institución contratante, en un plazo no mayor a 6 meses. | Los trabajos se ejecutarán dentro de los plazos secuenciales y finales establecidos en el Pliego y en los Planes de Trabajo presentados por la institución contratante, en un plazo de seis (06) meses contados a partir de la suscripción del contrato y de haberse formalizado el trámite de su registro por ante la Contraloría General de la República. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona