La Circular No. 1, de fecha 2026-01-09, responde consultas sobre el alcance y las especificaciones de la licitación INAIPI-CCC-LPN-2025-0017. Aclara, entre otros puntos, que se requieren dos interfaces faciales por centro, cuatro barreras vehiculares y muestras físicas de los equipos aplicables, y fija en 650,000 el registro mínimo de personas, escalable hasta 1,000,000. También precisa requisitos de integración, hardware y el momento de los levantamientos de instalación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La respuesta descarta expresamente terminales faciales externos integrados al torniquete y exige que el módulo venga embebido físicamente de fábrica; también limita los llaveros a RF activos. Son condiciones que restringen las alternativas tecnológicas posibles y ameritan comprobar su sustento funcional y el efecto sobre la competencia, aunque la circular no identifica marcas.
“Se requiere que el módulo facial venga embebido físicamente de fábrica en el torniquete. Se refiere exclusivamente a llaveros RF activos.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
Al responder cuántas controladoras se requieren, la circular fija cuatro barreras, pero solo indica que las lectoras deben ser controladas por un sistema maestro, sin especificar cuántas controladoras ni lectoras se incluirán. Conviene verificar en el pliego definitivo o sus anexos cómo se determinó esa cantidad para que las ofertas fueran comparables.
“Adicional, siguiendo las buenas prácticas de seguridad, las lectoras deben ser controladas por un sistema (maestro), para la gestión de todas las operaciones en función a la cantidad de barreras.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La circular sitúa los levantamientos para instalación y logística después de adjudicar y certificar el contrato, no antes de presentar ofertas. Para una implementación llave en mano en numerosos centros, conviene revisar si la información disponible antes del cierre permitía estimar de forma comparable las condiciones de instalación; la circular aporta dimensiones de puertas y especifica que no existen ciertos sistemas previos.
“Los levantamientos serán realizados por los oferentes que resulten adjudicados, para fines de instalación y logística, luego de certificado el contrato por la Contraloría General de la Republica”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
La circular exige muestras de todos los elementos del lote, incluidos la barrera vehicular y el motor, y descarta expresamente su exención. Dado el tamaño y la logística de traslado de esos equipos, conviene verificar la proporcionalidad de la exigencia y su efecto práctico en la participación; la circular justifica la muestra como medio para comprobar robustez.
“La barrera vehicular y el motor de apertura automática NO quedan exentos de esta obligación. Se busca con dicho requisito, la comprobación de la robusteses del equipo, más allá de la presentación de una ficha que pueda ser alterada en cualq”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce a 650,000 el umbral mínimo verificable de capacidad de registro; mantiene como objetivo escalable alcanzar 1,000,000..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Detalle del servicio: interfaz facial y pantalla táctilIdentidad del dispositivo y cantidad por centro
Las consultas plantean si la interfaz facial y las pantallas táctiles eran elementos distintos y cuántas interfaces se requerían.
Se aclara que ambos nombres se refieren al mismo dispositivo y que se requieren dos unidades de interfaz facial por centro.
Aclara
Detalle del servicio: puertas y barreras vehicularesAlcance y cantidades de equipos
Las consultas preguntan qué puertas y carriles incluir, si se requieren lectores para vehículos y cuántas barreras y antenas instalar.
Se indican las puertas existentes de entrada y enfermería, sin acceso facial vehicular; se fijan cuatro barreras y cuatro antenas UHF para entrada y salida en dos locaciones.
Aclara
Especificación de capacidad del softwareCantidad mínima de personas registradas
El pliego mencionado en la consulta señala capacidad mínima de 1,000,000 de usuarios y registro de al menos 650,000 personas.
Se establece un mínimo de 650,000 personas registradas, con proyección escalable hasta 1,000,000.
RelajaQuita un control: Reduce a 650,000 el umbral mínimo verificable de capacidad de registro; mantiene como objetivo escalable alcanzar 1,000,000.
Muestras físicasElementos que deben presentarse como muestras
Se consulta si la barrera vehicular y el motor de apertura automática están exentos de presentar muestras.
Se exige presentar muestras de todos los elementos aplicables al lote, incluidos la barrera vehicular y el motor de apertura automática.
Endurece
Especificaciones de terminales, torniquete y llaverosIntegración y tecnología requerida
Se consulta si el reconocimiento facial puede integrarse mediante un terminal externo y si se aceptan llaveros inalámbricos estándar.
Se exige que el módulo facial esté físicamente embebido de fábrica en el torniquete y que los llaveros sean exclusivamente RF activos.
Endurece
Especificaciones técnicas y documentación de equiposMemoria, protección antivandálica y certificaciones
Las consultas piden aclarar cómo acreditar RAM/ROM, protección antivandálica, IP65 y certificaciones de distintos fabricantes.
RAM y ROM deben aparecer expresamente en la ficha técnica del fabricante; IP65 con alarma tamper se acepta como módulo antivandálico; se admiten certificaciones independientes y se requiere IP65 para el sistema conjunto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Instalación y ejecuciónLevantamientos y plazo de ejecución
Se consulta cuándo se harán las visitas técnicas y desde qué momento se cuenta el plazo de entrega.
Los levantamientos serán realizados por los adjudicatarios después de la certificación del contrato por Contraloría; el plazo estimado de ejecución es de seis meses desde esa certificación.