Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia
Enmienda relaja un control del pliego
· hace 9 meses
La circular exige muestras de todos los elementos del lote, incluidos la barrera vehicular y el motor, y descarta expresamente su exención. Dado el tamaño y la logística de traslado de esos equipos, conviene verificar la proporcionalidad de la exigencia y su efecto práctico en la participación; la circular justifica la muestra como medio para comprobar robustez.
“La barrera vehicular y el motor de apertura automática NO quedan exentos de esta obligación. Se busca con dicho requisito, la comprobación de la robusteses del equipo, más allá de la presentación de una ficha que pueda ser alterada en cualq” — CIRCULAR No. 1 RESPUESTA A LOS OFERENTES.pdf
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
La Circular No. 1, de fecha 2026-01-09, responde consultas sobre el alcance y las especificaciones de la licitación INAIPI-CCC-LPN-2025-0017. Aclara, entre otros puntos, que se requieren dos interfaces faciales por centro, cuatro barreras vehiculares y muestras físicas de los equipos aplicables, y fija en 650,000 el registro mínimo de personas, escalable hasta 1,000,000. También precisa requisitos de integración, hardware y el momento de los levantamientos de instalación.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Consorcio Integratech | RD$187,899,500 | 21 ene de 2026 | Pendiente |
| Centroxpert STE, SRL | — | 13 feb de 2026 | Pendiente |
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Consorcio Integratech | RD$187,899,500 | 10 abr de 2026 | Activo · contrato |
| Centroxpert STE, SRL | RD$171,420,000 | 10 abr de 2026 | Activo · contrato |
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· hace 9 meses
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
· hace 10 mesesRD$187.9 millones
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· hace 10 mesesRD$359 millones
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